sábado, 1 de junio de 2013

Certificación energética para compraventa y alquiler de viviendas

Desde el 1 de junio todas las viviendas que se vendan o se alquilen por un plazo superior a cuatro meses deberán contar con un certificado de eficiencia energética.
En caso de incumplimiento las sanciones pueden ser de 300 a 6.000 euros dependiendo de la calificación de la falta.
Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, un documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de éste, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios.
La norma forma parte de un paquete de medidas aprobadas a comienzos de abril por el Gobierno relativas al apoyo a la vivienda y a la rehabilitación, y tiene como objeto trasponer a la legislación española la directiva comunitaria acerca del procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.

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