ATRASADA LA INTEGRACIÓN COMO PERSONAL ESTATUTARIO DEL PERSONAL LABORAL DE LA RED HOSPITALARIA DE LA DEFENSA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que el proceso de integración del personal laboral del Área de actividades específicas de la Red Hospitalaria de la Defensa deberá estar concluido antes del 1 de enero de 2014.
Este Real Decreto modifica la disposición transitoria primera del Real Decreto de 8 de febrero de 2008, que establecía el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de la Defensa, que en la redacción dada por otro Real Decreto de 24 de octubre de 2011, dispuso la conclusión de dicho proceso el 31 de diciembre de 2012.
En el actual contexto económico es preciso optimizar los recursos sanitarios del Ministerio de Defensa, por lo que es necesario supeditar el proceso de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral del área de actividades específicas a la finalización de la adaptación de la estructura de la Red Sanitaria Militar. Dicha adaptación deriva del cambio estructural exigido para la satisfacción de los objetivos de austeridad y eficiencia en las Administraciones Públicas, en el marco de la optimización de recursos y mejora de gestión.
En particular, y teniendo en cuenta el incremento de las misiones internacionales que se vienen asignando a las Fuerzas Armadas, se ha potenciado la función logístico-operativa de la sanidad militar lo que requiere una adaptación de la Red Hospitalaria de la Defensa. En este proceso deben modificarse las funciones que desarrollan los Centros Sanitarios de la Defensa en los que la actividad asistencial exige menos recursos. Por tanto, es necesario continuar con la progresiva racionalización de estructuras y servicios sanitarios, así como con la adecuación de los cometidos específicos y cualificaciones del personal con que están dotados estos centros hospitalarios.
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