sábado, 6 de marzo de 2021

Normativa relacionada con la Igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral

 


Las normas de la legislación española que debemos conocer relativas a la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral son:

Constitución Española:

Art.9.2: "Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Artículo 14: "Los españoles son iguales antes la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión  o cualquier otra condición o circunstancia personal o social."

Artículo 35: "Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que n ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo."

Estatuto de los Trabajadores:

Artículo 4.2: no discriminación por razón de sexo

Artículo 28: igualdad de remuneración por razón de sexo.

Ley de Infracción y Sanciones en el Orden Social - Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto

Art. 8. Será infracción grave la discriminación.

Art. 16. Será faltas muy grave discriminación mediante la publicidad.

Acuerdo Inter confederal para la Negociación Colectiva 2002

Se firma un pacto de buenas prácticas para la consecución de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

Ley 39/99 39/99 de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras,

Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección de las víctimas de violencia doméstica.

Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno.

Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género.

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, 

Que modificó el citado artículo el art. 28 del Estatuto de los Trabajadores, introduciendo en nuestro ordenamiento el concepto de “trabajo de igual valor”, y regulando la obligación del empresario de llevar un registro salarial de su plantilla y el derecho de las personas trabajadoras a acceder al mismo, a través de la representación legal de los trabajadores en la empresa, de acuerdo con la Recomendación 2014/124/UE, de la Comisión Europea, 7 de marzo de 2014, sobre el refuerzo del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres a través de la transparencia.

Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

 Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres

Lógicamente en la UE hay abundante normativa sobre Igualdad. Podéis consultarla en el Portal Eurolex 

Desde el Tratado de Amsterdam el 1 de mayo de 1999 la igualdad entre hombres y mujeres es un principio fundamental en  la Unión Europea. 

Directivas interesantes también pueden ser:

D92/85/CEE de 19 de octubre en relación con la maternidad desde un punto de vista de la salud y segur4idad en el trabajo de la trabajadora embarazada o en período de lactancia.

D94/34/CEE de 3 de junio relativa al Acuerdo marco sobre el permiso parental

O, la Direvtiva UE 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.




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