El pasado viernes 27 de febrero de 2015 y tras un intenso Debate del Estado de la Nación con Rajoy y Pedró Sánchez como actores principales el Consejo de Ministros ha aprobado el Mecanismo de Segunda Oportunidad.
Pocos días antes el autoerigido líder de la oposición Pablo Iglesias aunque no cuenta con un solo escaño en el Congreso de los Diputados hablaba de dar una segunda oportunidad a los que lo estaban pasando mal.
Veamos los aspectos fundamentales de estas mejoras.
APROBADOS EL MECANISMO DE SEGUNDA OPORTUNIDAD Y REDUCCIÓN DE LA CARGA FINANCIERA Y OTRAS MEDIDAS DE ORDEN SOCIAL
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de mecanismo de segunda oportunidad y reducción de la carga financiera, y de otras medidas de orden social. La norma persigue facilitar el desendeudamiento de la economía española, al tiempo que se amplía la protección a aquellos colectivos más vulnerables por la crisis.
ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
- "Segunda oportunidad" para particulares y ampliación de la protección de deudores hipotecarios
- El proceso concursal permitirá la exoneración de todas las deudas, aunque no se cubran con la totalidad de los bienes
- Se eliminan las "cláusulas suelo" para los colectivos vulnerables y se prorroga dos años la moratoria para los desahucios
- Las personas físicas quedarán exentas del pago de tasas judiciales
- Nueva rebaja de cotizaciones para impulsar la contratación indefinida
- Los primeros quinientos euros de salario de los nuevos contratos indefinidos estarán exentos de cotización.
- La medida tiene carácter progresivo y va a beneficiar especialmente la contratación de los colectivos más vulnerables Para un sueldo de mil euros va a suponer una rebaja de cotización del 50 por 100; para los sueldos máximos, del 14 por 100
- Las empresas tendrán que incrementar plantilla y mantenerla durante tres años
- Para un trabajador con salario de mil euros las cotizaciones se verán reducidas en cerca de un 50 por 100.
- Para un trabajador con sueldo situado en la base de cotización máxima, la cuota a la Seguridad Social se verá reducidas en un 14 por 100.
- Para los contratos indefinidos a tiempo parcial, la cuantía exenta de cotización se reducirá de forma proporcional a la jornada. En este caso, la jornada no podrá ser inferior al 50 por 100 de la del trabajador a tiempo completo.
- Ayuda a los autónomos que necesiten reducir jornada por cuidado de hijos
- Será una bonificación del 100 por 100 de las cuotas sociales durante un año y supondrá un ahorro de tres mil euros anuales para los beneficiarios
- Reducción del número de peonadas exigidas para las ayudas a trabajadores agrarios
- Se reduce de 35 a 20 el número de jornales y la medida tendrá efectos retroactivos desde el 1 de septiembre de 2014
- Más de 52.200 andaluces y más de 3.800 extremeños se beneficiarán de la medida
| BENEFICIARIOS POR PROVINCIAS Y CCAA | |
| ANDALUCÍA | 52.272 |
| Almería | 794 |
| Cádiz | 3.105 |
| Córdoba | 10.328 |
| Granada | 8.527 |
| Huelva | 1.293 |
| Jaén | 14.647 |
| Málaga | 4.672 |
| Sevilla | 8.906 |
| EXTREMADURA | 3.843 |
| Badajoz | 2.781 |
| Cáceres | 1.062 |
| TOTAL | 56.114 |
- Se amplían los "cheques familiares" a familias monoparentales con dos hijos y a familias numerosas y con ascendientes o descendientes con discapacidad, si el contribuyente es pensionista o perceptor de determinadas prestaciones
- Modificación de normas en materia de negociación de la Administración General del Estado
- Se mejora la configuración de los órganos de representación del personal estatutario del ámbito sanitario, del personal docente no universitario y del personal al servicio de la Administración de Justicia, como colectivos específicos, a fin de facilitar la negociación colectiva y la interlocución en los diferentes ámbitos de la negociación.
- Se regulan de forma específica las mesas de negociación en el ámbito de la sanidad, personal docente no universitario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y del personal de la Administración de Justicia, como ámbitos propios de negociación dada su relevancia y singularidad.






