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domingo, 25 de abril de 2021

Terminología sobre Igualdad

 


En esta entrada os facilitaremos algunos de los términos esenciales para entender la Igualdad en el ámbito laboral:

Acción positiva: son un conjunto de actuaciones de impulso y promoción que tienen por objetivo establecer la igualdad entre hombres y mujeres en materia de oportunidades, contratación y ocupación, sobre todo mediante la eliminación de las desigualdades de hecho.
Acoso: persecución sin tregua ni descanso.
Acoso por razón de sexo: es cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
Acoso sexual: es todo comportamiento verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. Art. 7.1 Ley de Igualdad.
Diagnóstico: es un análisis detallado de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la organización, durante el cual se realizarán, sucesivame3nte, actividades de recogida de información, análisis, debate interno y, finalmente, de formulación de propuestas que pueden integrarse en un Plan de Igualdad. Es un estudio cuantitativo y cualitativo de la situación de la organización, mediante la recopilación exhaustiva de datos sobre las características de esta y su plantilla, sobre las políticas de personal y empleo de la organización, así como el posterior análisis y publicación de los resultados en un breve informe conocido como informe de diagnóstico. La finalidad es identificar los ámbitos prioritarios de actuación y servir de base para la realización del Plan de igualdad, que tendrá lugar en la fase inmediatamente posterior.
Discriminación: dar un trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, de sexo, etc.
Discriminación directa: tratamiento abiertamente diferente entre mujeres y hombres que tiene su origen en el sexo y perjudica a uno de los dos sexos. El artículo 6.1 de la LO 3/2007 de Igualdad, la considera como la situación en la que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que en otra situación comparable.
Discriminación indirecta: es el tratamiento aparentemente igual entre ambos sexos, pero que al aplicarse perjudica a un número superior de miembros de uno de los dos sexos, salvo que pueda justificarse con criterios objetivos no relacionados con el sexo. El artículo 6.2 de la Ley de Igualdad establece que es la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otros, salvo que puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.
Discriminación múltiple: cuando existente situaciones donde la suma de factores como la edad, sexo, orientación sexual y origen étnico, religión o discapacidad dan lugar a más de una discriminación.
Equidad de género: significa alcanzar la igualdad manteniendo el reconocimiento de la diferencia. Equidad significa justicia, dar a cada cual lo que le corresponde, lo que le pertenece. Es el reconocimiento de la diversidad, sin que ésta tenga que ser la causa de ninguna discriminación.
Estereotipo sexista: son ideas preconcebidas y opiniones establecidas que están basados en prejuicios qye responden a un mismo esquema y que se aplican por igual a mujeres y hombres.
Igualdad de género: es la capacidad legal, social y política de las mujeres y hombres para movilizar y gestionar todo tipo de recursos en condiciones igualitarias.
Igualdad de oportunidades: entre hombres y mujeres significa garantizar que ambos puedan participar en las diferentes esferas y actividades de la vida, sobre una base de igualdad.
Igualdad entre sexos: es dar el mismo tratamiento a hombres y mujeres en situaciones idénticas. 
Igualdad formal; es la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, reconocida en los textos de las constituciones de los países que reconocen la igualdad y que incluyen el principio de igualdad como un derecho fundamental de las personas para que ningún se humano pueda ser discriminado por razón de sexo, etnia, religión, etc.
Igualdad real; es la que sucede con independencia de la que se recoja legalmente. Normalmente no se suele corresponder.
Síndrome de burnout, síndrome de desgaste profesional o de estar quemado, es un tipo de estrés prolongado motivado por la sensación que produce la realización de esfuerzos que no se ven compensados personalmente.
Síndrome de la mujer maravilla: es un conjunto de características que presentan aquellas mujeres que se han adjudicado como misión en loa vida compaginar los diferentes roles de la mujer que quiere triunfar y ser competente profesionalmente así como, lograr la unión y convivencia familiar además de conjugar la riqueza de una vida llena de compromisos sociales. Intenta ser una madre entregada, esmerada esposa, meticulosa ama de casa, espléndida anfitriona, amiga generosa y excelente trabajadora; le otorga gran importancia a la calidad y cantidad de tiempo que les dedica a sus seres queridos. Está dispuesta a lograr esa inalcanzable plenitud y se propone hacerlo mejor que si tuviera a su cargo un solo rol; sin embargo, al darse cuenta que es muy difícil lograr el equilibrio entre un desarrollo personal y profesional adecuado y un buen desempeño como madre y esposa, resuelve ese dilema convirtiéndose en una mujer maravilla.
Síndrome de la mujer trabajadora (SMT) es el estado provocado por las dificultades que supone conciliar trabajo y vida personal. Una vez identificados los síntomas hay muchas cosas que se pueden hacer para aumentar en bienestar, autoestima y felicidad sin sentirse culpable.

Seguiremos ampliando

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viernes, 2 de abril de 2021

Ejemplos de Planes de Igualdad


En esta entrada recopilaremos ejemplos de Planes de Igualdad para que os sirvan de ayuda de cara a realizar los de vuestras empresas o para comparar con el de tu propia empresa.

Vamos a incorporar también algunos caducados pero así nos puede servir para evaluar su evolución con el paso del tiempo

Si quieres que publiquemos el de tu empresa dejadnos el link vía comentarios y lo incorporamos.

Así completamos la entrada entre todos.


También os puede resultar útil el Manual para elaborar un Plan de Igualdad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

¿Me ayudáis a completar la entrada? Podéis dejarme links a planes de igualdad vía comentarios y así nos podemos ir haciendo nuestra colección de Planes de Igualdad.

Recuerda que para no perderte ninguna actualización puedes suscribirte al blog por email.


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Estrategia madrileña para la Igualdad

sábado, 20 de marzo de 2021

Beneficios de la conciliación

 




Muchas veces somos reacios en las empresas a aplicar las medidas de conciliación establecidas legalmente. Pero ¿nos planteamos los beneficios que puede aportar la conciliación?

La conciliación, incluso mejorada, puede ofrecer interesantes ventajas:

  1. Mejora de la motivación de los empleados
  2. Incremento de la productividad
  3. Mejora de la competitividad
  4. Incremento de la creatividad
  5. Retención y captación del talento
  6. Reducción del absentismo laboral
  7. Mejora del ambiente de trabajo y clima laboral
  8. Aumento de la implicación en la plantilla
  9. Reducción de la tasa de rotación
  10. Reducción tasa de fracaso en la selección
  11. Reducción costes de selección.
  12. En algunos casos obtención de bonificaciones o subvenciones
  13. Mejora marca empleador
  14. Mejora del grado de igualdad en la organización y promoción de  la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
  15. Mejora del Plan de RSE
¿Nos ayudas a completar la entrada? Déjanos tus ideas vía comentarios.
Asimismo ideas para su implantación.







lunes, 15 de marzo de 2021

Acciones positivas relacionadas con las condiciones de trabajo y salud laboral

 

Aunque en general no somos muy partidarios de las acciones positivas toda vez que ya tenemos un marco legislativo que garantiza la igualdad y una Inspección de Trabajo que debería garantizar el cumplimiento de la ley, en algunas casos pueden ser útiles para corregir brecha.
Algunas de las acciones positivas que podríamos implantar en nuestro Plan de Igualdad en el área de condiciones de trabajo y salud laboral podrían ser:

  1. Sensibilización en materia de salud laboral y género
  2. Desarrollo del Plan de Prevención de riesgos desde la perspectiva de género
  3. Inclusión de mujeres en los equipos de prevención de riesgos
  4. Inclusión de reconocimiento ginecológico
  5. Proteger a la mujer embarazada
  6. Adecuación de uniformes de trabajo
  7. Adecuación de ergonomía del entorno y condiciones de trabajo
  8. Mejora de las condiciones de trabajo
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Algunos puntos para revisar:
¿Las condiciones de trabajo son iguales para hombres y mujeres?
¿Las mujeres embarazadas están correctamente protegidas?
¿Los uniformes de trabajo son apropiados para las diferentes personas y condiciones de trabajo?

También te puedes interesar:

Acciones positivas relacionadas con conciliación de la vida laboral, familiar y personal

 

Aunque en general no somos muy partidarios de las acciones positivas toda vez que ya tenemos un marco legislativo que garantiza la igualdad y una Inspección de Trabajo que debería garantizar el cumplimiento de la ley, en algunas casos pueden ser útiles para corregir brecha.
Algunas de las acciones positivas que podríamos implantar en nuestro Plan de Igualdad en el área de conciliación podrían ser:

  1. Horario flexible
  2. Reducción de jornadas de trabajo
  3. Trabajo compartido
  4. Excedencias y otros permisos
  5. Escuelas próximas al centro de trabajo
  6. Promover y facilitar el teletrabajo
  7. Apoyo al cuidado de personal dependiente
  8. Sensibilización al personal sobre el reparto de cargas familiares
  9. Cumplimiento del horario laboral
  10. Desconexión digital
  11. Elaborar una guía sobre todas estas medidas
  12. Servicios de asesoramiento para la conciliación
  13. Establecimiento de beneficios sociales.
  14. Involucrar a las familias en la organización: día de puertas abiertas, etc.
  15. Prioridad de turnos o vacaciones a personal con responsabilidades familiares



Acciones positivas en el área de comunicación interna

 


Aunque en general no somos muy partidarios de las acciones positivas toda vez que ya tenemos un marco legislativo que garantiza la igualdad y una Inspección de Trabajo que debería garantizar el cumplimiento de la ley, en algunas casos pueden ser útiles para corregir brecha.
Algunas de las acciones positivas que podríamos implantar en nuestro Plan de Igualdad en el área de comunicación podrían ser:

  1. Sensibilización del equipo directivo
  2. Sensibilización del personal de Recursos Humanos
  3. Sensibilización de mandos intermedios
  4. Sensibilización de la representación de los trabajadores
  5. Sensibilización de toda la plantilla
  6. Consultas abiertas a Recursos Humanos
  7. Creación de una imagen propia para el Plan de Igualdad
  8. Incluir como punto de orden del día la evolución del Plan en los comités de dirección
  9. Utilizar herramientas de comunicación sobre la evolución o indicadores del Plan.
  10. Incluir mujeres en la representación externa de la compañía.
  11. Creación de un espacio de consulta para temas relacionados con la Igualdad
  12. Realización de cuestionarios de satisfacción interna.
  13. Evitar discriminaciones en la comunicación interna.
  14. Incorporación de la figura del Delegado de Igualdad
Cuestiones que deberíamos revisar podrían ser:
¿Llega la información del Plan de igualdad a toda la plantilla?
¿Están claros los principios, procedimientos y objetivos que el Plan de Igualdad pretende?
¿Conoce la plantilla quiénes son los responsables del Plan de Igualdad?
¿Qué canales de comunicación usados han sido los más eficaces?

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También te puedes interesar:

Acciones positivas que se pueden llevar a cabo en las empresas a favor de las mujeres en el área de selección y contratación

 

Aunque en general no somos muy partidarios de las acciones positivas toda vez que ya tenemos un marco legislativo que garantiza la igualdad y una Inspección de Trabajo que debería garantizar el cumplimiento de la ley, en algunas casos pueden ser útiles para corregir brecha.

Algunas de las acciones positivas que podríamos implantar en nuestro Plan de Igualdad en el área de selección podrían ser:

  1. Tener especial atención a las candidaturas femeninas
  2. Establecer Principios de Igualdad de Oportunidades en la Selección de Personal
  3. Sensibilización a las personas responsables de los procesos de selección.
  4. Descripción y valoración de los puestos de trabajo conforme a los principios de Igualdad
  5. Revisión y corrección de las herramientas a utilizar en el proceso de selección
  6. Equilibrar presencia de hombres y mujeres en los equipos de selección.
  7. Revisar redacción e imagen de los anuncios y ofertas de empleo.
  8. Informar sobre nuestros principios de Igualdad a las consultoras externas.
  9. Asegurar la captación de candidaturas femeninas.
  10. Revisar y adaptar la imagen externa de la organización.
  11. Definir criterios que aseguren la contratación de mujeres.
Podríamos hacernos las siguientes preguntas:
¿Se garantiza y promueve el acceso de las mujeres a todos los puestos de trabajo y niveles?
¿Las mujeres y los hombres tendrán el mismo acceso al empleo?
¿Se garantiza y promueve el acceso de las mujeres?
¿Se contribuye al equilibrio por sexo de la plantilla?
¿Se fomenta la contratación de mujeres en igualdad de condiciones a la de los hombres?

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También te puede interesar:

Acciones positivas que se pueden implantar en el área de formación y capacitación


Aunque en general no somos muy partidarios de las acciones positivas toda vez que ya tenemos un marco legislativo que garantiza la igualdad y una Inspección de Trabajo que debería garantizar el cumplimiento de la ley, en algunas casos pueden ser útiles para corregir brecha.
Algunas de las acciones positivas que podríamos implantar en nuestro Plan de Igualdad en el área de formación y capacitación podrían ser:
1. Incrementar la formación dirigida a mujeres:
2. Formar a mujeres en puestos tradicionalmente ocupados por hombres:
  • Facilitar el acceso a la formación de las mujeres:
  • Facilitar formación-conciliación
  • Animar a las mujeres a solicitar formación
  • Favorecer el acceso de las mujeres en aquellas acciones donde suelen tener menor peso.
  • Establecer ayudas o subvenciones para cursos reglados, masters, idiomas, etc. para mujeres.
  • Introducir criterio de flexibilidad funcional para el acceso a los cursos.
3. Formación específica en igualdad de oportunidades a la plantilla

Algunas cuestiones para revisar:
¿Se benefician las mujeres igual que los hombres de la formación?
¿Las mujeres y hombres tendrán el mismo acceso a la formación continua?
¿Se obstaculiza la participación de los trabajadores en  las acciones formativas?
¿Se fomenta el desarrollo de la carrera profesional de las mujeres?

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También te puede interesar:

Acciones positivas en el área de promoción interna


Aunque en general no somos muy partidarios de las acciones positivas toda vez que ya tenemos un marco legislativo que garantiza la igualdad y una Inspección de Trabajo que debería garantizar el cumplimiento de la ley, en algunas casos pueden ser útiles para corregir brecha.

Algunas de las acciones positivas que podríamos implantar en nuestro Plan de Igualdad en el área de promoción interna y desarrollo de carreras profesionales podrían ser:

  1. Detección de mujeres con potencial
  2. Identificación de las barreras existentes para la promoción
  3. Elaborar un inventario de habilidades
  4. Fijar porcentajes mínimo de mujeres promocionables
  5. Subvenciones a la formación para la promoción.
  6. Programas de mentoring.
  7. Publicación de vacantes
  8. Sensibilización de mandos intermedios y directivos
  9. Evitar una descripción de puesto que implique discriminación por razón de sexo.
  10. Establecer criterios objetivos en los planes de desarrollo profesional para las trabajadoras y trabajadores de la organización en igualdad de oportunidades.
Algunas cuestiones para hacer seguimiento y revisar:
¿Las mujeres y hombres tienen y tendrán el mismo acceso a la promoción?
¿Se garantiza y promueve la promoción de las mujeres a todos los puestos y niveles?
¿Los criterios definidos están realmente relacionados con el puesto?
¿Se obstaculiza la promoción de las mujeres?
¿Se contribuye al equilibrio por sexo de cada nivel profesional?
¿Se fomenta el desarrollo de la carrera profesional de las mujeres con las mismas oportunidades que los hombres?

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domingo, 7 de marzo de 2021

Estrategia madrileña para la Igualdad


 

Ejes de la Comunidad de Madrid para su política de Igualdad

  • Eje 1: Empleo, promoción profesional y liderazgo.
  • Eje 2: Conciliación, corresponsabilidad y usos del tiempo.
  • Eje 3: Educación, investigación y ciencia.
  • Eje 4: Salud, deporte y hábitos saludables.
  • Eje 5: Cultura, publicidad, imagen y medios de comunicación.
  • Eje 6: Cambio cultural en materia de igualdad y participación de las mujeres en los ámbitos político y social.
  • Eje 7: Prevención y lucha contra la violencia de género.
  • Eje 8: Feminización de la pobreza y exclusión social.
  • Eje 9: Incorporación de la perspectiva de género en la administración autonómica.
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¿Con cuántos años son madres por primera vez las europeas?

 La edad media de las mujeres al tener a su primer hijo está aumentando gradualmente en la Unión Europea en los últimos años, situándose en 29,4 años en 2019, según informaciones de Eurostat.

La edad media de la maternidad difiere en cinco años entre los diferentes Estados miembros. Así, en 2019, las mujeres europeas que fueron madres a una edad más temprana fueron las de Bulgaria (26,3 años de media). En cambio, la edad de la madre en el primer parto fue superior a los 31 años en países como Italia (31,3 años) y España (31,1 años).


Infografía: Las españolas, entre las europeas que más tarde tienen el primer hijo | Statista Más infografías en Statista

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¿Cuánto cuesta la Casa Real y el Ministerio de Igualdad?

 

Carlos Cuesta no lo cuenta en el siguiente video




No se pierdan tampoco las palabras de Ayuso dudando del feminismo de Irene Montero y de Podemos:



Tú ¿Qué opinas?
¿Quién aporta más valor? La Casa Real o el Ministerio de Igualdad?
¿El Ministerio de Igualdad mejora efectivamente a las mujeres?

sábado, 6 de marzo de 2021

¿Dónde existen más mujeres emprendedoras?


En las economías emergentes, el espíritu emprendedor se está tornando cada vez más común en la población femenina. Según un estudio realizado en 50 naciones por la
 Global Entrepreneurship Research Association, América Latina es la región con la más alta proporción de mujeres que se animan a emprender su propio negocio. De todos los países analizados, los que registran la mayor participación emprendedora femenina se sitúan en Latinoamérica. Por ejemplo, más de un tercio de las ciudadanas ecuatorianas de entre 18 y 64 años se encuentran en la etapa inicial de establecer su propia empresa, es decir, en los primeros 3,5 años de vida de su negocio. Esta proporción asciende a más del 32% en el caso de Chile y al 23% en Brasil.

A la vez, la citada investigación demuestra que otros Estados con economías más desarrolladas como Alemania, Japón y España cuentan con tasas muy bajas de mujeres empresarias, todos ellos con proporciones inferiores al 10%. Esta parece ser la regla y no la excepción. Las economías más avanzadas suelen registrar tasas más bajas de iniciativa empresarial femenina debido a la presencia de una mayor cantidad de opciones de trabajo y a niveles más altos de competitividad entre las empresas, factores que pueden hacer menos atractivo el proyecto de fundar una compañía propia.


Infografía: ¿En qué países hay más mujeres que se dedican a emprender? | Statista Más infografías en Statista

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Normativa relacionada con la Igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral

 


Las normas de la legislación española que debemos conocer relativas a la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral son:

Constitución Española:

Art.9.2: "Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Artículo 14: "Los españoles son iguales antes la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión  o cualquier otra condición o circunstancia personal o social."

Artículo 35: "Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que n ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo."

Estatuto de los Trabajadores:

Artículo 4.2: no discriminación por razón de sexo

Artículo 28: igualdad de remuneración por razón de sexo.

Ley de Infracción y Sanciones en el Orden Social - Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto

Art. 8. Será infracción grave la discriminación.

Art. 16. Será faltas muy grave discriminación mediante la publicidad.

Acuerdo Inter confederal para la Negociación Colectiva 2002

Se firma un pacto de buenas prácticas para la consecución de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

Ley 39/99 39/99 de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras,

Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección de las víctimas de violencia doméstica.

Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno.

Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección integral contra la violencia de género.

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, 

Que modificó el citado artículo el art. 28 del Estatuto de los Trabajadores, introduciendo en nuestro ordenamiento el concepto de “trabajo de igual valor”, y regulando la obligación del empresario de llevar un registro salarial de su plantilla y el derecho de las personas trabajadoras a acceder al mismo, a través de la representación legal de los trabajadores en la empresa, de acuerdo con la Recomendación 2014/124/UE, de la Comisión Europea, 7 de marzo de 2014, sobre el refuerzo del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres a través de la transparencia.

Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

 Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres

Lógicamente en la UE hay abundante normativa sobre Igualdad. Podéis consultarla en el Portal Eurolex 

Desde el Tratado de Amsterdam el 1 de mayo de 1999 la igualdad entre hombres y mujeres es un principio fundamental en  la Unión Europea. 

Directivas interesantes también pueden ser:

D92/85/CEE de 19 de octubre en relación con la maternidad desde un punto de vista de la salud y segur4idad en el trabajo de la trabajadora embarazada o en período de lactancia.

D94/34/CEE de 3 de junio relativa al Acuerdo marco sobre el permiso parental

O, la Direvtiva UE 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.




viernes, 5 de marzo de 2021

La brecha salarial de género en América Latina

 


Según el informe ‘The Global Gender Gap Report 2020’ publicado por el Foro Económico Mundial, México es el país latinoamericano donde la brecha salarial es más profunda. En una escala en la que un puntaje de 1 equivale a total equidad y 0, a total inequidad en los salarios entre ambos géneros, México obtuvo 0,46. Este índice lo sitúa en último lugar si lo comparamos con otros 23 países latinoamericanos y caribeños que fueron analizados en este estudio. El índice de brecha salarial registrado en este país refleja que los ingresos percibidos por las mujeres representan, en promedio, un 46% del de los hombres.

El 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer. Aunque algunas marchas se seguirán realizando en la región conforme a las medidas sanitarias requeridas por el coronavirus, este año la mayoría de los eventos se llevarán a cabo en línea. En México, al igual que el año pasado, diversas agrupaciones de activistas han convocado, bajo las consignas ‘Un día sin nosotras’ y ‘El nueve ninguna se mueve’, a un paro general con el fin de mostrar al mundo que si las mujeres se detienen el mundo también lo hace.


Infografía: ¿En qué países latinoamericanos hay una mayor brecha salarial? | Statista Más infografías en Statista

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domingo, 28 de febrero de 2021

La pandemia de las desigualdades

 





Esta infografía muestra el porcentaje de economistas que consideran que es probable o muy probable que se produzca un aumento de la desigualdad en sus países debido a la pandemia, por tipo.

Infografía: La pandemia de las desigualdades | Statista 
Más infografías en Statista

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Entrevista a Rocio Monasterio.

 

Política con sentido común, con sensatez.



Una vez más Rocio Monasterio ha estado impecable. No te lo pierdas


¿Qué está haciendo el Ministerio de Igualdad?


 Muy interesante análisis del trabajo desempeñado por el Ministerio de Igualdad


Merece la pena. Descubre la verdad. Y luego compara.

8 millones de euros para investigación de la vacuna mientras otros países dedican cientos de millones de euros, pero el Ministerio de Igualdad dispone de 450 millones de euros.

¿No se protege más a las mujeres con unas buenas vacunas? ¿Fomentando el empleo femenino?¿Defendiendo a las niñas explotadas de Baleares? etc. etc.

Pero claro hay que pagar niñeras, chiringuitos y otras fiestas.......