sábado, 31 de diciembre de 2011

Selección del mes de enero de 2012 de frases célebres y de actualidad


Muhammad Yunus: La crisis ha traido frustración y depresión. A ello se añade la deuda y el desempleo.

Bob Marley: No vivas para que tu presencia se note, sino para que tu ausencia se sienta.


George Bernard Shaw: Sólo triunfa en el mundo quien se levanta y busca a las circunstancias y las crea si no las encuentra.

María Garaña: El éxito es poder hacer lo que quieras.

Aristóteles: La felicidad es al mismo tiempo la mejor, la más noble y la más placentera de todas las cosas.


Aristóteles: La duda es el principio de la sabiduría.

Isaac Newton: Los hombres construimos demasiados muros y no suficientes puentes.


Virginia Burden: La cooperación es la convicción plena de que nadie puede llegar a la meta si no llegan todos.

Leonardo Da Vinci: Mientras pensaba que estaba aprendiendo a vivir, he aprendido cómo morir.

Goethe: El niño es realista, el muchacho, idealista; el hombre, escéptico, y el viejo, místico.

Montesquieu: A la mayoría de las personas prefiero darles la razón rápidamente antes que escucharlas.

Rudyard Kipling: El que viaja solo, viaja más de prisa.

Schopenhauer: Cada uno tiene el máximo de memoria para lo que le interesa y el mínimo para lo que no le interesa.

Schopenhauer: Los amigos se suelen considerar sinceros; los enemigos realmente lo son: por esta razón es un excelente consejo aprovechar todas sus censuras para conocernos un poco mejor a nosotros mismos, es algo similar a cuando se utiliza una amarga medicina.

Petrus Jacobus Joubert: Las buenas máximas son los gérmenes de todo bien: fuertemente grabadas en la memoria, nutren la voluntad.

Kurt Cobain: Se ríen de mí porque soy diferente. Yo me río de ellos porque son todos iguales.

Arthur Miller: La vida es como una nuez. No puede cascarse entre almohadones de plumas.

Unamuno: Hay gentes tan llenas de sentido común, que no les queda el más pequeño rincón para el sentido propio.

Gustave Flaubert: El futuro nos tortura, el pasado nos encadena. He aquí porqué se nos escapa el presente.

Steve Jobs: Ni siquiera la gente que quiere ir al cielo quiere morir para llegar ahí.

Camilo José Cela: el que resiste vence.

Kant: No inviertas todo tu tiempo en un sólo esfuerzo, porque cada cosa requiere su tiempo.

Pascal: Si no actúas como piensas, vas a terminar pensando como actúas.

Kurt Cobain: Prefiero ser el peor de los mejores que el mejor de los peores.

Franz Kafka: Quien conserva la facultad de ver la belleza no envejece.

Moliére:  La felicidad ininterrumpida aburre: debe tener alternativas.

Séneca:  Todo el mundo aspira a la vida dichosa, pero nadie sabe en qué consiste.

Paul Krugman: Recortar el gasto público si la economía está deprimida deprime la economía más.

Sartre: No hay necesidad de fuego, el infierno son los otros.

Voltaire: Suerte es lo que sucede cuando la preparación y la oportunidad se encuentran y fusionan.

María Garaña: Se llega más lejos con fuerza de voluntad que con inteligencia.

Victor Hugo: La risa es el sol que ahuyenta el invierno del rostro humano.

Voltaire: El que sólo es sabio lleva una vida triste.

Martin Luther King: Si ayudo a una sola persona a tener esperanza, no habré vivido en vano.

Tolstoi: El que ha conocido sólo a su mujer y la ha amado, sabe más de mujeres que el que ha conocido mil.

Magdalena Martínez: La música es el arte más directo, entra por el oído y va al corazón.

Jules Renard: Nuestra crítica consiste en reprochar a los demás el no tener las cualidades que nosotros creemos tener.

Arturo Graf: Las grandes elevaciones del alma no son posibles sino en la soledad y en el silencio.

Franz Liszt: La música es el corazón de la vida. Por ella habla el amor; sin ella no hay bien posible y con ella todo es hermoso.

D. Hockney: No es necesario creer en lo que dice un artista, sino en lo que hace.

Aristóteles: La finalidad del arte es dar cuerpo a la esencia secreta de las cosas no el copiar su apariencia.

Cornelio Tácito: Quien se enfada por las críticas, reconoce que las tenía merecidas.

Bernstein: La música puede dar nombre a lo innombrable y comunicar lo desconocido.

Óscar Wilde: No existen más que dos reglas para escribir; tener algo que decir y decirlo.

Albert Einstein:  Triste época la nuestra. Es más fácil desintegrar un átomo que superar un prejuicio.

E. Sánchez de León: El empresario se debe llevar bien con el poder.

Voltarie: Quienes creen que el dinero lo hace todo, terminan haciendo todo por dinero.


Winston Churchill: el éxito es aprender a ir de fracaso en fracaso sin desesperarse. 


Oscar Wilde: Nunca des explicaciones. Tus amigos no las necesitan. Tus enemigos no las creen. 


Leibniz: Amar es encontrar en la felicidad de otro tu propia felicidad.  


Ortega y Gasset: la vida cobra sentido cuando se hace de ella una aspiración a no renunciar a nada. 


Walt Disney: si usted puede soñar eso, usted puede hacer eso.


B. Russel: toda la actividad humana está motivada por el motivo o el impulso.


T. Edison: El genio es 1% inspiración y 99% de transpiración.


Henry Ford: Busco hombres que crean que no hay cosas imposibles.


Napoleón Hill: el punto de partida de todo logro es el deseo.


Sartre: La fe, incluso la más profunda, nunca es completa. 


Pampillón: España está en una situación más favorable para crecer que Francia, Italia o Grecia a partir del 2013.


Alberto Casona: Vale más sembrar una cosecha nueva que llorar la que se perdió. 


Walt Disney: por cada risa, debe haber una lágrima. 


P. Coelho: Desde que mis libros están gratis en la Red, vendo más que nunca.


Pablo Neruda: ¿Sufre más aquél que espera siempre que aquél que nunca esperó  a nadie? 


Einstein: Dar ejemplo no es la principal manera de influir sobre los demás; es la única manera. 


Cristina Forner: Si un vino no es bueno, no sirve vestirlo.


Amaia Cañas: En China la relación personal es más importante que el contrato.

Laboralnews del día. 31-12-2011.


En el Consejo de Ministros de ayer se aprobaron las siguientes medidas encaminadas a incrementar la recaudación y reducir los gastos:
  • El IRPF se incremntará temporalmente de un 0,75% a un 7%.
  • Se incremenatrá en torno a un 10% el IBI de un 50% de las viviendas. Se pretende recaudar unos 918 millones de euros más y así aliviar las vacias arcas de los ayuntamientos.
  • Los sueldos de los funcionarios quedan congelados y tendrán que trabajar más horas. Su jornada pasará de 35 a 37,5 horas semanales. Si algún funcionario quiere mantener su jornada de 35 horas podrá hacerlo con la reducción correspondiente de salario.
  • Desaparecen las ayudas fiscales al gasóleo profesional. Unos 200.000 vehículos se verán afectados: taxistas, autobuses, empresas de transporte, etc.
  • Se reducen en más de un 20%  las subvenciones a partidos políticos, sindicatos y patronal.
  • La tributación de las rentas del capital se sitúa entre el 21 y el 27%.
  • Las pensiones se revalorizan un 1%.
  • Se prorrogará seis meses más la ayuda de 400 euros a los desempleados.
  • Se han reducido 30 Direcciones Generales. Los recortes en órganos administrativos es de casi un 19%.
  • Se reducen los presupuestos de los Ministerios en 8.900 millones de euros.
  • RTVE recibirá 200 millones euros menos.
  • La tasa de reposición de los funcionarios será de cero salvo algunos sectores como Educación, Sanidad, Fuerzos y Cuerpos de Seguridad del Estado, bomberos, inspectores laborales y la lucha contra el fraude en los que se cubrirá el 10%.
  • La tarifa de correos sube desde el lunes un 2,86% más.
  • Se congela la luz y se sube el gas natural.
  • Habrá 600 millones de euros menos para subvenciones y préstamos de I+D.
  • El gasto en dependencia se mantiene pero no se introducirán nuevas categorías de beneficarios hasta el 2013.
  • La ampliación a cuatro semanas del permiso de paternidad se retrasa al 2013.
Con la subida fiscal se podrán recaudar más de 6.200 millones de euros. El recorte de 9.000 millones de euros es el mayor de la historia aunque habrá que aprobar medidas de recorte por más de 20.000 millones.

Empezamos mal ¿qué ha pasado con la promesa electoral de no subir los impuestos? La verdad que se veía difícil cumplir con el déficit del 4,4% y ya solicitábamos desde hace tiempo que se concretaran las medidas que se iban a aplicar. No bastaba solo con medidas de ahorro y se han tenido que aprobar medidas de incremento de los ingresos. Prometieron sinceridad y, de momento, se han comportado con mucha opacidad y ocultamiento. No se si son las medidas necesarias, el tiempo lo dirá, pero si se dice que no se van a subir los impuestos y es lo primero que se hace, no me parece lo más correcto.

viernes, 30 de diciembre de 2011

Laboralnews del día 30-12-2011.


  • El Gobierno quiere recortar el gasto corriente en más de un 30%. En breve conoceremos los acuerdos del segundo Consejo de Ministros de la Legislatura.
  • Amancio Ortega se queda con Torre Picasso por 400 millones de euros. La plusvalía para FCC es de 180 millones euros. Todos ganan.
  • Nueva Huelga en Iberia para los días 9 y 11 de enero. Los representantes de la Aerolínea ya han manifestado que: "Aguantaremos todos los paros cueste lo que cueste".
  • El cierre de Garoña podría aplazarse para el 2019.
  • El patrimonio de los planes de pensiones ha retrocedido en 2.635 millones de euros en 2011 con una bajada del 5,16% frente al año anterior

jueves, 29 de diciembre de 2011

Recomendaciones de Pankaj para avanzar al mundo 3.0


  1. Entender los niveles reales de integración, que probablemente serán más bajos  de los que intuimos.
  2. Buscar oportunidades para aumentar la integración, que probablemente serán muchas.
  3. Regular sólo hasta el punto necesario para administrar los fallos y miedos del mercado y recordar al mismo tiempo que la integración ayuda más que perjudica con algunos fallos y miedos.
  4. Intentar cuadrar el ámbito/alcance geográfico de cualquier respuesta reguladora con el ámbito/alcance geográfico del fallo del mercado.

martes, 27 de diciembre de 2011

Convenio colectivo de Groupama Seguros y Reaseguros


El 22 de diciembre se publicó en el BOE:
Resolución de 2 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Seguros Groupama Seguros y Reaseguros, SAU.
Si quieres ver el Texto completo:

Convenio colectivo de Primark Tiendas

El 22 de diciembre se publicó en el BOE:
Resolución de 2 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acta con los acuerdos de revisión salarial del Convenio colectivo de Primark Tiendas SLU.
Si quieres ver el Texto completo:

¿Se puede despedir a un trabajador que está en situación de incapacidad temporal o nos pueden declarar el despido nulo?



Citaremos la reciente STSJ de Castilla León (sede Valladolid) de 13-10-2011 rec. 1634/2011 que ha manifestado que en los despidos frente a los que se alega una situación de enfermedad, con carácter general, la calificación de los mismos será la de procedencia o, en su caso, improcedencia si la empresa no consigue probar la causa alegada.

“(…) el despido en su caso por motivo de enfermedad o baja médica, en principio, merece la calificación de despido improcedente, ya reconocido por la empresa, y no la de despido nulo, según reiterada doctrina de unificación, por todas STS 27-1-09 y las que en ella se citan. En efecto, como señala indicada sentencia, que enjuicia por demás un supuesto similar:

La primera de dichas sentencias sobre despido por enfermedad es, en casación para unificación de doctrina, la de fecha 29 de febrero de 2.001 (rec. 1566/2000), a la que han seguido STS 23-9-2003 (rec. 449/2002), STS 12-7-2004 (rec. 4646/2002) y la propia STS 23-5-2005 hoy invocada como contraste. En todas estas resoluciones se ha llegado invariablemente a la conclusión de que en aquellos supuestos, como los enjuiciados, en que la empresa no ha alegado y probado la causa justificada de extinción objetiva enunciada en el art. 52.d) del Estatuto de los Trabajadores -ET- ("faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes", que alcancen o superen determinados niveles), el despido por motivo de enfermedad o baja médica merece, en principio, la calificación de despido improcedente y no la de despido nulo.

A su vez, esta jurisprudencia sobre calificación del despido por enfermedad enlaza expresamente (STS 29-2-2001, citada) con una línea jurisprudencial anterior, según la cual la práctica empresarial de indicar una causa de despido que no se corresponde con el motivo real de la decisión de dar por terminado el contrato de trabajo -el llamado "despido fraudulento"- no justifica por sí misma la calificación de nulidad. De acuerdo con esta doctrina, a partir del texto articulado de la Ley de Procedimiento Laboral de 1990, no modificado en este punto en el texto refundido vigente de 1995, el art. 108.2 LPL "enuncia de manera cerrada los casos en que el despido ha de ser calificado como nulo", y dentro de esta relación exhaustiva no se encuentra la extinción por voluntad del empresario cuyo verdadero motivo no coincida con la causa formal expresada en la comunicación del cese. Esta línea jurisprudencial sobre la carencia de "apoyo o refrendo legal" de la nulidad del despido fraudulento se inicia en STS 2-11-1993 (rec. 3669/1992), a la que corresponden los párrafos entrecomillados, y continúa en STS 19-1-1994 (rec. 3400/1992), STS 23-5-1996 (rec. 2369/1995) y 30-12-1997 (rec. 1649/1997). "Cuando no hay causa legal para la extinción del contrato de trabajo y la causa real no se encuentra entre las tipificadas como determinantes de la nulidad del despido -concluye STS 29-2-2001 (citada) - la calificación aplicable es la de improcedencia" del despido, y no la de nulidad del mismo.

De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (STC 128/1987 y STC 166/1988, así como otras muchas posteriores) y con la jurisprudencia de esta Sala del Tribunal Supremo STS 17-5-2000, entre otras muchas, el art. 14 CE contiene dos normas diferenciadas. La primera, enunciada en el inciso inicial, prescribe la igualdad ante la ley y en la aplicación de la ley (o de otras disposiciones jurídicas) por parte de los poderes públicos. La segunda norma del art. 14 CE, que se extiende al ámbito de las relaciones entre particulares, establece la prohibición de discriminaciones, ordenando la eliminación de las conductas discriminatorias en función del carácter particularmente rechazable de los motivos de diferenciación que las inspiran. Estos motivos son los específicamente enunciados en el art. 14 CE ("nacimiento", "raza", "sexo", "religión", "opinión") y los que deban ser incluidos en la cláusula genérica final ("cualquier otra condición o circunstancia personal o social").

Como dice nuestra sentencia de 29 de enero de 2001, la cláusula final del art. 14 CE no comprende cualquier tipo de condición o circunstancia de los individuos o de los grupos sociales, "pues en ese caso la prohibición de discriminación se confundiría con el principio de igualdad de trato afirmado de forma absoluta". Los factores de diferenciación comprendidos en ella son aquellas condiciones o circunstancias que "históricamente han estado ligadas a formas de opresión o de segregación de determinados grupos de personas". En los términos de la STC 166/1988, se trata de "determinadas diferenciaciones históricamente muy arraigadas" que han situado a "sectores de la población en posiciones no sólo desventajosas, sino abiertamente contrarias a la dignidad de la persona que reconoce el art. 10 CE".

Esta concepción de la discriminación, en la que coinciden como se ha visto la jurisprudencia constitucional y la jurisprudencia ordinaria, no debe ser sustituida por la expresada en la sentencia recurrida, donde se omite la referencia a los móviles específicos de la conducta discriminatoria . Así, pues, manteniendo la premisa de que el derecho fundamental a no ser discriminado ha de guardar relación con criterios históricos de opresión o segregación, debemos reiterar aquí que la enfermedad "en sentido genérico", "desde una perspectiva estrictamente funcional de incapacidad para el trabajo", no puede ser considerada en principio como un motivo o "factor discriminatorio " en el ámbito del contrato de trabajo (STS 29-1-2001, citada). Se trata, por una parte, de una contingencia inherente a la condición humana y no específica de un grupo o colectivo de personas o de trabajadores. Se trata, además, de una situación cuyo acaecimiento puede determinar, cuando se produce con frecuencia inusitada, que "el mantenimiento del contrato de trabajo no se considere rentable por parte de la empresa" (STS 29-1-200, citada). De ahí que, si el empresario decide despedir al trabajador afectado, podría ciertamente incurrir en conducta ilícita, si no demuestra la concurrencia de la causa de despido prevista en el art. 52.d) ET, pero no en una actuación viciada de nulidad radical por discriminación. Sólo en determinados supuestos, por ejemplo el de enfermedades derivadas del embarazo que están ligadas a la condición de mujer, puede el despido por enfermedad o baja médica ser calificado como despido discriminatorio , viciado de nulidad. Pero se trata, en realidad, como ha declarado recientemente el Tribunal Constitucional (STC 17/2007), de un supuesto particular de despido discriminatorio por razón de sexo, en cuanto que la decisión o práctica de la empresa de dar por terminado el contrato de trabajo por motivo concerniente al estado de gestación sólo puede afectar a las mujeres, situándolas en posición de desventaja con respecto a los hombres.

Tampoco es posible considerar el despido por enfermedad sin más cualificaciones como despido acreedor a la declaración de nulidad por violación de otros "derechos fundamentales o libertades públicas del trabajador" (art. 55.5 ET y 108.2 LPL) distintos del derecho a no ser discriminado . En el presente pleito este argumento ha sido utilizado en la sentencia de instancia, insinuándose también en la definición genérica y extensiva de discriminación que utiliza la sentencia recurrida. El derecho constitucional señalado al efecto por la sentencia de instancia es el "derecho a la protección de la salud" reconocido en el art. 43.1 CE. Pero, sin entrar ahora en si el contenido de la protección de la salud puede alcanzar a conductas empresariales potestativas o de configuración jurídica como la enjuiciada en este caso, lo cierto es que, siguiendo la propia sistemática de la norma constitucional, el derecho mencionado no está comprendido en la categoría de los "derechos fundamentales y libertades públicas" (Sección 1ª del Capítulo II del Título primero) a la que se refieren los preceptos legales mencionados sobre nulidad del despido. El art. 43.1 CE está situado en el Capítulo III del Título I de la Constitución, donde se enuncian los "principios rectores del orden social y económico", a los que se asigna una función normativa distinta a la de los derechos fundamentales, en cuanto que dichos principios, sin perjuicio de desempeñar la función de información del ordenamiento que les es propia, han de ser alegados y aplicados por medio de las normas legales de desarrollo. Así lo dice literalmente el art. 53.3 CE ("El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo III, informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen").

De acuerdo con tal doctrina en cada proceso individual de despido habrá que considerar cuál o cuáles hayan sido los factores tenidos en cuenta por la empresa, y a la vista de ellos adoptar la resolución correspondiente. Y en el presente caso, aunque se partiera de que la causa aducida por la empresa (la disminución de rendimiento) no se corresponde con el motivo real de la decisión de despedir, no se ha acreditado, ni se sostiene siquiera en el recurso, que el móvil del despido haya sido otro en su caso que la inevitable repercusión negativa en el rendimiento laboral de las enfermedades o bajas médicas que haya tenido la trabajadora, un móvil que en esta litis determina la ilicitud e improcedencia del despido, pero no, como se pretende, la nulidad del mismo por discriminación o lesión de derechos fundamentales.”

lunes, 26 de diciembre de 2011

Laboralnews del día 27-12-2011

  • El 48% de las empresas españolas ya tienen en cuenta las redes sociales para buscar candidatos que incorporar a sus plantillas, según un estudio de la consultora Meta 4.
  • FUNCAS estima que el déficit debe recortarse en unos 32.000 millones de euros.

Convenio Colectivo de Nexans Iberia


El 20 de diciembre se publicó en el BOE:
Resolución de 29 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Nexans Iberia, SL.
Si quieres ver el texto completo:

Convenio Colectivo del Grupo de Empresas AENA

El 20 de diciembre se publicó en el BOE:
Resolución de 29 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo del Grupo de empresas AENA (Entidad Pública Empresarial AENA y Aena Aeropuertos, SA).
Si quieres consultar el Texto completo:

Convenio Colectivo de Inergy Automotive Systems

El 20 de diciembre se publicó en el BOE:
Resolución de 29 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Inergy Automotive Systems, SA.
Si quieres consultar el Texto completo:

Miró - actualización.

Actualización 26-12-2011:

Miró ha logrado que el 75% de sus acreedores aprueben el convenio anticipado presentado por la compañía. Se prevé que en un plazo de unos 10 días el Jueaz decrete el levantamiento del concurso presentado en mayo y se devuelva la gestión a Francesc Miró.

La cadena de tiendas de electrodomésticos Miró, en concurso de acreedores desde el pasado mes de mayo, ha acordado con los sindicatos un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) extintivo que afectará a 493 trabajadores, en torno a un tercio de la plantilla.
El acuerdo, que debe ser autorizado por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona, recoge que la extinción de los contratos será efectiva a partir del 31 de julio, salvo que en esa fecha no haya sido dictado aún el auto de aprobación. En este caso, la fecha será el día siguiente a la notificación.
Las tiendas afectadas por el expediente son 53, de una red de alrededor de 150, aunque cabe la posibilidad de que este número se reduzca, dado que la compañía está renegociando los alquileres de algunas de ellas y, en caso de que se rebaje la renta, algún establecimiento podría continuar su actividad.


20-5-2011: MIRÓ PRESENTA CONCURSO DE ACREEDORES
Miró, la mayor empresa española de distribución de electrodomésticos ha presentado el 18 de mayo concurso voluntario de acreedores ante el Juez de lo Mercantil. La idea de la compañía propiedad de Frances Miró, que el año pasado facturó algo más de 360 millones de euros, y tiene un pasivo de unos 280 millones y unos resultados en el último ejercicio de 9 millones de euros es darle continuidad a la misma.
Algunas fuentes apuntan a que la familia Miró intentó vender la empresa al fuerte grupo portugués Sonae, propietario, entre otras empresas, de Worten, después de que éstos anunciaran su deseo de abrir unas 60 tiendas en España y de la adquisición de siete tiendas de PC City, pero, las negociaciones todavía no han fructificado.
Habrá que estar atentos al desarrollo del concurso de acreedores para ver qué pasa con las 150 tiendas de la cadena y sus más de 1.500 empleados.
De momento han puesto a la venta unas 30 tiendas y están renegociando la deuda con los bancos.

Laboralnews del día 26-12-2011


  • El recién nombrado Ministro de Indutria, Soria comienza de batalla con las eléctricas al congelar el recibo de la Luz.
  • En los 34 países industrializados de la OCDE, al menos 16,7 millones de jóvenes ni están empleados, ni estudian, ni reciben formación de ningún tipo.
  • Según la organización Internacional del Trabajo (OIT) España encabeza el ránking de paro juvenil en el mundo, con una tasa de desempleo que supera el 40% frente a un índice mundial que se estableció en el 12,6% en el 2010.
  • Cataluña prepara recortes del 5% para el sueldo de los funcionarios.
  • El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha avanzado este lunes que la economía española caerá en el último trimestre del año y en el primero de 2012, lo que supondría la entrada en recesión al encadenarse dos trimestres consecutivos de contracción.
  • El número de parados se incrementó en Francia en 29.900 personas en noviembre pasado, un 1,1% más que en el mes anterior, lo que sitúa el número total de desempleados en 2.844.800 personas, según informó hoy el Ministerio de Trabajo.

sábado, 24 de diciembre de 2011

Laboralcinema presenta: El diablo se viste de Prada



El diablo se viste de Prada (2006) es un filme dirigido por David Frankel, que se basa en la novela homónima de la periodista Lauren Weisberger, la cual reflejó sus propias vivencias. Teniendo en cuenta este detalle la mala de la historia  sería la exjefa de Weisberger, Anna Wintour, para quien la periodista había trabajado en la revista Vogue. Libro y película son una sátira del competitivo mundo de la moda, siguiendo la línea de la película Prêt-à-porter de Robert Altman. Como curiosidad mencionar que en la película hay numerosos cameos de grandes de la moda como: Armani, Calvin Klein, Hermés, Chanel, Heidi Klum, entre otros.

Fue una película muy bien aceptada por la crítica y por la que Meryl Streep recibió muchos elogios. Además este filme obtuvo numerosas nominaciones a galardones muy importantes: dos nominaciones al Oscar (mejor vestuario y mejor actriz: Meryl Streep), Nominación a la mejor actriz: Meryl Streep en los Globos de oro, o 5 nominaciones a los Premios Bafta (mejor actriz, maquillaje, vestuario, o guión adaptado).
El diablo se viste de Prada nos muestra a una magnífica Meryl Streep en el papel de Miranda Priestly, redactora jefe de Runway, una importante revista de moda, cuyas ayudantes le duran muy poco pues es muy exigente y déspota y las trata como si fueran las chicas de los recados, e incluso les encomienda hacer los deberes de sus hijas gemelas.
Un día llega una nueva ayudante, Andy Sachs (Anne Hathaway), una joven periodista muy inteligente, aunque poco preocupada por la moda. En la entrevista Miranda de forma directa y con muy poco tacto subraya lo poco que le gusta su aspecto, pero como se ha dado cuenta de que es una chica inteligente y con mucho talento decide contratarla. A partir de ese momento va a tener que trabajar a todas horas, e incluso recibe encargos de su jefa de madrugada. Su vida se va transformando poco a poco: cambia su estilo de vestir y comportarse, la relación con su novio se va deteriorando hasta la ruptura, e incluso se enfrían las relaciones con su familia y sus amigos de toda la vida.

Le absorbe y fascina el trabajo y es otra mujer muy distinta. Su vuelta a la realidad se produce cuando ve las zancadillas y codazos que se producen en el mundo de la moda, y como su jefa no duda en impedir el ascenso de un colaborador mediante sucios manejos con tal de poder conservar su puesto.

Y la pregunta es si Miranda, con su dinero, su glamour y su poder es feliz. Varios divorcios, soledad, muy poco tiempo para ella misma o para sus hijas. Andy desea otra cosa, así que decide dejar ese trabajo.

Hay una escena en la que ambas mujeres se miran desde lejos, Miranda entra en el coche y esboza una débil sonrisa con algo de melancolía y de orgullo y admiración por la decisión de su pupila, pues ve que Andy es libre  y feliz mientras que ella está atrapada en esa red de poder, glamour, trabajo y dinero. La joven se ha liberado, podrá hacer lo que quiera y, muy probablemente, tendrá una oportunidad para ser feliz.


Esta película me parece muy interesante para Laboralcinema pues nos puede servir para reflexionar sobre distintos aspectos relacionados con el trabajo:

1.- El trato de los jefes hacia sus subordinados: Aunque pueden marcar distancias, lo ideal sería un trato cordial y de respeto, sin embargo, en este filme es despótico, altanero y poco respetuoso, lo que provoca en sus empleados temor y estrés.

Miranda le concede una gran importancia al aspecto físico, aunque hay que tener en cuenta que se trata de un trabajo en una revista de modas y la jefa considera que las personas que trabajen en la revista han de vestir a la última y tener un aspecto cuidado y moderno. Pero aunque el físico y la forma de vestir son muy importantes para ella, por encima de eso están la inteligencia y el talento, y por ese motivo contrata a la joven bien preparada aunque no demasiado glamurosa.

2.- Conocer el rol en el trabajo y las competencias que le corresponden son aspectos muy importantes y que dan seguridad al trabajador. Sin embargo, en El diablo se viste de Prada, las ayudantes de Miranda no saben cuáles son las competencias que han de desarrollar, al ser contratadas se convierten en “chicas para todo”, para llevar la agenda de su jefa, realizar todos los recados y encargos que les dé a cualquier hora del día o de la noche, y hasta para hacerles los deberes a las hijas de esta, o conseguirles la última obra, aún inédita, protagonizada por Harry Potter. 

Esto provoca mucha tensión, mucho estrés, miedo al error o a no poder con todo, ya que con frecuencia tienen un tiempo mínimo para desarrollar las tareas encomendadas, además, al tener que estar disponibles día y noche o tener que realizar viajes, se afecta la vida personal de estas jóvenes, y no todas quieren sacrificar a sus amigos, novios o familiares, por caer en gracia a Miranda y medrar en la revista.

Estas situaciones hacen que muchos buenos trabajadores se conviertan en “profesionales quemados”.

3.- También podemos reflexionar sobre la ética en el trabajo y el compañerismo, que en este título parece brillar por su ausencia en muchos casos. No importa fastidiar al de al lado con tal de conseguir lo que se quiere, no importan las zancadillas, codazos o puñaladas traperas que haya que dar con tal de conservar un puesto o trepar en la empresa. Esto no sólo se ve en la película sino que es también algo habitual en la vida real. En El diablo se viste de Prada Miranda utiliza sus tretas, contactos e influencias para conservar su puesto, aunque como consecuencia impida el ascenso de uno de sus más fieles colaboradores. Esta acción le abre los ojos a Andy y decide que este estilo de vida y este modo de trabajo no van con ella y abandona, demostrando con su comportamiento que es posible otra forma de trabajar, con más sencillez y honradez.

Aunque Miranda no tiene todo negativo, al final recomienda a su ayudante, dice que ha sido su gran decepción, pero que el redactor será tonto si no la contrata, con lo que muestra que no le guarda rencor por haberla abandonado, pero además, lo que muestra es que se siente orgullosa de la joven, y tal vez piense que ojalá hubiera ella actuado igual años atrás, probablemente sería más feliz y no estaría sola, pero ahora ya es tarde para ella pero no para Andy.

La crítica puso muy bien a la veterana Meryl Streep y Scott en The New York Times dijo de ella: “Para todos aquellos que han sufrido los caprichos y crueldad de un jefe tiránico, 'The Devil Wears Prada' provee la satisfacción de una venganza indirecta." 


Teniendo en cuenta las fechas en que nos encontramos tenemos preparada una sorpresa: Un Especial Navidad para felicitar las Pascuas a todos los seguidores de este blog.
¡FELIZ NAVIDAD!


                     




¿Sabes cuáles son las 10 plataformas de las que más se ha hablado en el 2011?

Según el ranking anual que establece la agencia de marketing digital Zeta Interactive las plataformas de las que más se ha hablado en el 2011 han sido:

  1. Twitter
  2. Linkedin
  3. YouTube
  4. Facebook
  5. Match.com
  6. Meetup
  7. Groupon
  8. Flickr
  9. Ning
  10. Friendster

viernes, 23 de diciembre de 2011

Laboralnews del día 24-12-2011



  • Funcas augura un déficit del 8% y que el ajuste tendrá que ser de unos 40.000 millones de euros.
  • Caixabank repartirá 0,06 euros brutos por acción el próximo 27 de diciembre. 
  • La presidenta de Brasil, Dilma Rousseff, firmó hoy el decreto que eleva a partir del próximo 1 de enero el salario mínimo en un 14,13%, hasta los 622 reales mensuales (unos 334,5 dólares).
  • FCC podría desprenderse de su edificio insignia. La constructora está negociando la venta de Torre Picasso con diversos fondos de inversión aunque parece que el mejor colocado es amancio Ortega. La operación podría cerrarse por encima de los 450 millones de euros.

Composición del nuevo Gobierno de España.

Ya tenemos nuevo Gobierno, el más reducido de la democracia, pero con gran experiencia en puestos de responsabilidad. Se ha visto una clara apuesta por el área económica, con dos pesos pesados como Luis de Guindos y Montoro que ya fueron Secretarios de Estado con Rato. el primero para economía y el segundo para hacienda. Nuevamente el Ministerio ha quedado desligado. En exteriores García Margallo ha sido miembro del Parlamento Europeo y Vicepresidente de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios. Solo habrá una Vicepresidencia a diferencias de las hasta 3 de la época de Zapatero. Será para Soraya, mano derecha de Rajoy.
El Gobierno ha quedado configurado de la siguiente manera:
Presidente del Gobierno: Mariano Rajoy
Vicepresidenta primera y ministra de la presidencia y portavoz: Soraya Sáenz de Santamaría
Ministro de Economía y Competitividad: Luis de Guindos.
Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas: Cristóbal Montoro.
Ministro de Industria, Energía y Turismo: José Manuel Soria.
Ministra de Empleo y Seguridad Social: Fátima Báñez.
Ministra de Fomento: Ana Pastor
Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación: José Manuel García Margallo.
Ministro de Justicia: Alberto Ruiz-Gallardón
Ministro de Defensa: Pedro Morenés
Ministro de Educación, Cultura y Deporte: José Ignacio Wert.
Ministro del Interior: Jorge Fernández Díaz: 
Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente: Miguel Arias Cañete.
Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad: Ana Mato.

¿Qué os parece el nuevo Gobierno?

Laboralnews del día 23-12-2011

  • La Fundación de Construcción y Madera de CCOO ha concedido el premio al compromiso empresarial a Esthjer Koplowitz, accionista de referencia de FCC. También han sido premiados Tragsa y OHL.
  • Ebro Foods sigue de compras: ya ha alcanzado un acuerdo con Strom Products para adquirir su negocio de pasta en EEUU y Canadá por 50 millones de dólares.
  • La compraventa de empresas en España ha caído un 11% en el último trimestre del año, hasta 15 de noviembre, siete puntos menos que en la Unión Europea, según E&Y.
  • La cadena de supermercados Bon Preu ha creado 170 empleos desde noviembre del año pasado y ya alcanza los 4.202 empleados.

martes, 20 de diciembre de 2011

Laboralnews del día 21-12-2011


  • Según una encuesta llevada a cabo a nivel mundial por el Boston College el nuevo modelo paternal (padres más afectuosos e involucrados en el cuidado de los hijos) choca con la falta de más medidas de conciliación, especialmente en países como Estados Unidos. El estudio señala que los hombres aseguran haber experimentado un fuerte conflicto para compaginar el trabajo y la familia y que solo el 1% de los padres pasó más de cuatro semanas con sus hijos tras su nacimiento.
  • La patronal bancaria calcula que la economía española crecerá cerca de un 0,5% en 2011, muy por debajo de la previsión del Ejecutivo saliente, porque pronostica una fuerte caída en el último trimestre del año a la que podría seguirle otra contracción en los primeros meses de 2012. Por ello, a  finales de marzo del próximo ejercicio, España podría volver a entrar técnicamente en recesión tras acumular dos trimestres consecutivos de caídas de la economía, según las previsiones del informe económico-financiero de diciembre de la Asociación Española de Banca (AEB). 
  • El Ibex repuntó ayer un 2,44% con todos los valores en verde menos Endesa (-0,97%). Sacyr se apunta una revalorización superior al 8% tras lograr salvar la refinanciación bancaria gracias a la propia Repsol que con la mayor operación autocartera llevada a cabo en España se hace con un 10% del 20% que tenía Sacyr. El riesgo país baja a 320 puntos.
  • En la Comunidad de Madrid se van a producir nuevos ajustes para los funcionarios: la jornada laboral será de 37,5 horas, se elimina un día de asuntos propios y se elimina el complemento de las bajas de IT.

Situación legal de desempleo


Se estará en situación legal de desempleo:
1. Cuando se extinga la relación laboral:
a. En virtud de expediente de regulación de empleo o resolución judicial adoptada en el seno de un procedimiento concursal
b. Por muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual, cuando determinen la extinción del contrato de trabajo
c. Por despido (declarado procedente o improcedente)
d. Por extinción basada en causas objetivas.
e. Por resolución voluntaria por parte del trabajador en los supuestos de movilidad geográfica, modificación sustancial de condiciones de trabajo, por violencia de género o incumplimiento grave del empresario.
f. Por expiración del tiempo convenido o término de la obra.
g. Por no superación del periodo de prueba siempre que la extinción de la relación laboral haya sido por alguna de estas causas o hayan pasado tres meses desde dicha extinción.
2. Cuando se suspenda la relación laboral en virtud de expediente de regulación de empleo, o de resolución judicial adoptada en el seno de un procedimiento concursal o por decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género
3. Cuando se reduzca temporalmente la jornada ordinaria diaria de trabajo, en virtud de expediente de regulación de empleo entre un mínimo de un 10 y un máximo de un 70%.
4. Los trabajadores fijos discontinuos incluidos los que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, en los periodos de inactividad productiva.
5. Cuando los trabajadores retornen a España por extinguirse la relación laboral en el país extranjero, siempre que no obtengan prestación por desempleo en dicho país y acrediten cotización suficiente antes de salir de España.
6. Cuando se produzca el cese involuntario con carácter definitivo en los cargos de corporaciones locales y Juntas Generales de los Territorios Históricos Forales, Cabildos Insulares Canarios y Consejos Insulares Baleares y los cargos representativos de los Sindicatos constituidos al amparo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, que ejerzan funciones sindicales de dirección, siempre que los desempeñen con dedicación exclusiva o parcial y percibiendo una retribución o cuando aun manteniendo el cargo, se pierda con carácter involuntario y definitivo la dedicación exclusiva o parcial.

Causas por las que puede suspenderse un contrato de trabajo:


     1. Mutuo acuerdo de las partes.
     2. Las causas consignadas válidamente en un contrato.
     3. Incapacidad temporal de los trabajadores.
     4. Maternidad
     5. Paternidad
     6. Riesgo durante el embarazo
     7. Riesgo durante la lactancia natural
     8. Adopción
     9. Acogimiento
     10. Ejercicio de cargo público representativo
     11. Privación de libertad del trabajador mientras que no haya sentencia condenatoria.
     12. Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias
     13. Fuerza mayor temporal
     14. Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
     15. Excedencia forzosa
     16. Por el ejercicio del derecho de huelga.
     17. Cierre legal de la empresa.
     18. Por decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo por violencia de género.

Subvención para construcción del Centro Federico García Lorca en Montevideo

Real Decreto 1791/2011, de 16 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Secretaría General Iberoamericana para la construcción del Centro Federico García Lorca en Montevideo.
¿Es necesario en estos momentos de crisis pagar 200.000 euros para la creación de este centro mientras no pagamos a los autónomos, hemos bajado el sueldo a los funcionarios, congelado las pensiones y aplicado recortes en educación?
Si quieres ver el Texto completo:

La Chequera de Trinidad Jiménez

Si pensabais que la chequera de Trinidad Jiménez estaba agotada no es cierto:
El 17 de diciembre de 2011 se publicaron en el BOE estas dos subvenciones:
Real Decreto 1780/2011, de 16 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación Asia-Europa.
49.250 euros
Si quieres ver el Texto completo:
Y, Real Decreto 1781/2011, de 16 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación ONUART.
2.6000.000 euros
Si quieres ver la Resolución:
Los últimos coletazos de la chequera de Trinidad. Mira los Reales Decretos y comenta qué te parece.