martes, 18 de octubre de 2011

Sanciones por impago de cotizaciones a la seguridad social.




El Consejo de Ministros ha aprobado sanciones, por un importe conjunto de 562.545 euros, a tres empresas por sendas infracciones en materia de Seguridad Social. Su relación es la siguiente:

Sarchal Construcciones, S.L.

La sanción a Sarchal Construcciones, S.L. con una multa de 187.515 euros, corresponde a una infracción en materia de Seguridad Social detectada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Ceuta. La infracción de esta empresa se califica de muy grave al encontrarse en descubierto de cotización al Régimen General de la Seguridad Social por un importe que asciende a 218.658,97 euros y lleva aparejada una sanción en grado mínimo. La empresa ha dejado de ingresar las cotizaciones correspondientes a los meses de octubre y diciembre de 2009, así como los meses de febrero, marzo, mayo, junio, julio y septiembre de 2010, sin haber presentado los documentos de cotización en plazo reglamentario.

Binifrima, S.L.

Por su parte, el Consejo de Ministros ha acordado sancionar a la empresa Binifrima, S.L. con una multa de 125.077,37 euros por una infracción en materia de Seguridad Social detectada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Illes Balears. En este caso la infracción de esta empresa también se califica de grave al encontrarse en descubierto de cotización al Régimen General de la Seguridad Social por un importe que asciende a 192.426,73 euros y lleva aparejada una sanción en grado mínimo. La empresa ha dejado de ingresar las cotizaciones en el período comprendido entre enero de 2009 y noviembre de 2010 después de haber presentado los documentos de cotización en plazo reglamentario. La sanción contempla como circunstancia agravante el incumplimiento previo del requerimiento de la Inspección, con el fin de que el empresario regularizara su deuda.

Panificadora Bellvitge, S.A.

Finalmente, la sanción a la empresa Panificadora Bellvitge, S.A. con una multa de 100.646,26 euros, es consecuencia de una infracción en materia de Seguridad Social detectada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barcelona. Al igual que en los dos casos anterior, la infracción se califica de grave al encontrarse en descubierto de cotización al Régimen General de la Seguridad Social por un importe que asciende a 201.292,52 euros y lleva aparejada una sanción en grado mínimo. La empresa ha dejado de ingresar las cotizaciones correspondientes a los meses de junio, septiembre, noviembre y diciembre de 2009 y de enero a diciembre de 2010 después de haber presentado los documentos de cotización.

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