lunes, 13 de mayo de 2013

Aprobado el proyecto de Ley de Régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas


APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que desarrolla el mandato de la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, de 2011.

Novedades

Sus principales novedades respecto a la normativa anterior son las siguientes:
  • Ampliación de las garantías del expedientado, al que se reconoce el derecho a la presunción de inocencia, a ser informado de la acusación disciplinaria, a la defensa, a la audiencia previa, a la utilización de los medios de prueba adecuados y a interponer los recursos correspondientes.
  • Tutela judicial a todos los sancionados en la vía disciplinaria militar, con la posibilidad de interponer recurso contencioso-disciplinario militar ordinario contra las resoluciones adoptadas, incluso en los recursos por faltas leves, frente al criterio restrictivo de normas anteriores.
  • Simplificación de los trámites y las comunicaciones, que podrán realizarse de forma directa y por medios electrónicos. Asimismo, se suprime la formulación del pliego de cargos.
En cuanto a sanciones:
  • Se introduce la sanción económica de uno a quince días, con pérdida de retribución proporcional al empleo, en iguales términos a los recogidos en el régimen disciplinario de otros ejércitos occidentales.
  • La sanción económica será proporcionada a las retribuciones de cada empleo.
  • Se reducen a la mitad las sanciones máximas de arresto: de treinta a catorce días por faltas leves y de dos meses a treinta días por faltas graves, mientras que se introduce la de arresto, máxima de sesenta días, para faltas muy graves.
  • Cumplimiento de arrestos por faltas leves, sin perjuicio del servicio, en las unidades militares o en los domicilios de los sancionados, en lugar de en establecimientos penitenciarios.
  • Se restringe la potestad disciplinaria a los jefes de unidades, lo que en la práctica supone otorgarla a los empleos de capitán/teniente de navío o superiores

Equilibrio

El principio general que inspira la nueva Ley es el equilibrio entre las garantías básicas del infractor y las prerrogativas de la Administración, sin olvidar que la atribución de la potestad disciplinaria se justifica en el interés público y en la defensa de los valores esenciales de las Fuerzas Armadas.

Además, la futura norma realiza una revisión completa del régimen disciplinario: tipología de infracciones, catálogo de sanciones, autoridades y mandos con potestad disciplinaria y procedimientos.

La finalidad de la Ley es garantizar la observancia de las reglas de comportamiento de los militares; en particular, la disciplina, la jerarquía y la unidad que, de acuerdo con la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, constituyen el código de conducta de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Tipificación de las faltas

La entrada en vigor de la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas ha determinado una profunda modificación de los tipos disciplinarios y se incorporan la protección de derechos y la sanción de deberes establecidos en ésta.

Las faltas disciplinarias se clasifican en leves, graves y muy graves, al mismo tiempo que se distinguen éstas de los delitos recogidos en el Código Penal o Código Penal Militar.

Como novedad, al tipificar las faltas, la nueva Ley tiene muy en cuenta la especial gravedad de algunas conductas, como las relacionadas con la libertad de las personas: acoso sexual o profesional, discriminación y comportamientos que atenten contra la intimidad o la dignidad.

La Ley castiga como falta leve la expresión pública de opiniones que, relacionadas estrictamente con el servicio, no se ajusten a los límites de la disciplina o supongan una falta de consideración con los superiores, de palabra, por escrito o por medios telemáticos.

Se incurrirá en falta muy grave cuando se produzca la reiteración en comportamientos sancionables, tutelando especialmente los valores de las Fuerzas Armadas, como la disciplina, los deberes del mando y del servicio, así como los derechos constitucionales de los militares.

Otras infracciones

En lo referente a las infracciones del derecho de asociación profesional, se castigará como falta leve la inexactitud en el incumplimiento de la normativa asociativa; como falta grave, su incumplimiento y, como falta muy grave, la reiteración.

Por otro lado, el ministro y el subsecretario de Defensa serán los únicos competentes para sancionar a los representantes de asociaciones profesionales en el Consejo de Personal por faltas cometidas en el desempeño de su actividad en este órgano.

Además, la nueva norma establece el castigo de las infracciones al Derecho Internacional aplicable en los conflictos armados.

La ejecución de las sanciones impuestas en zona de operaciones podrá ser demorada hasta la finalización de la misión y, en su caso, ser cumplidas en territorio nacional.

Finalmente, la nueva norma establece en su Disposición Adicional Quinta la aplicación del régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas al personal de la Guardia Civil cuando actúe en misiones de carácter militar o cuando esté integrado en unidades militares.

El Proyecto de Ley ha recabado todos los informes preceptivos durante su tramitación y cuenta con el juicio favorable del dictamen del Consejo de Estado.

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domingo, 12 de mayo de 2013

Sectores que han creado empleo en el último año

A pesar de haber superado los seis millones de desempleados en España, existen algunos sectores que sí que han generado puestos de trabajo en el último año:

El sector de construcción de material y equipo electrónico ha generado más de 13.500 empleos, la industria del papel 8.800, reparación e instalación de maquinaria y equipo 7.900, la industria de artes gráfica y reproducción de grabados 4.400, la fabricación de productos farmacéuticos 2.700, la fabricación de bebidas 1.800, etc.



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Eres de famosos: Comsa Emte


Actualización 12-5-2013

Ya hay un principio de acuerdo entre sindicatos y la dirección de la empresa por el que el Expediente de Regulación de Empleo afectará a unas 270 personas.

Actualización: 29-7-2012

La empresa finalmente ha reducido en unas 50 personas los despidos y serán algo menos de 250 los trabajadores que perderán su empleo tras acuerdo con el comité de empresa. El importe de indemnización será de 28 días y con un máximo de 18 meses.

7-7-2012:

Este importante grupo constructor y de servicios va a despedir a 475 personas y tiene previsto un ERTE para otras 90 personas. La empresa cuenta con más de 12.000 trabajadores y el año pasado facturó 2.158 millones de euros.

Les ha afectado fundamentalmente la caída brutal de la licitación pública.

La empresa más afectada será Comsa donde se despiden 298 trabajadores y no se renovará el contrato a 132.

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miércoles, 8 de mayo de 2013

20 errores en una negociación.



  1. Falta de planificación.
  2. Falta de preparación y estudio.
  3. Análisis de ventajas e inconvenientes de afrontar la negociación de una forma u otra.
  4. No tener claro el objetivo de la negociación.
  5. No valorar o descuidar opciones.
  6. Improvisar.
  7. Llegar tarde
  8. No cumplir con compromisos adquiridos: acudir a la reunión con alguna persona determinada, no llevar la documentación comprometida, etc.
  9. No cuidar el vestuario
  10. No cuidar las normas de protocolo y educación, faltar al respeto, etc.
  11. No cuidar la comunicación no verbal.
  12. Tratar de engañar a la otra parte.
  13. Toma a la otra parte por ignorantes.
  14. Confiarte en tu superioridad moral, intelectual, etc.
  15. Aprovecharte de la debilidad ajena.
  16. Dejarte llevar por las emociones y pasiones.
  17. Inflexibilidad.
  18. Cada parte tiene que acabar con la sensación de que se ha ganado algo.
  19. Las prisas pueden ser peligrosas, la paciencia suele ser un buen aliado.
  20. No plasmar adecuadamente los resultados de la negociación para que sean efectivos.
Añade alguno más via comentarios y completaremos la entrada. Muchas gracias por la colaboración.

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Los diez elementos de la gamestorming:

1. Apertura y cierre

2. Encendedores

3. Componentes

4. Generar nodos

5. Espacio de entendimiento

6. Hacer borradores y modelos

7. Aleatoriedad, cambio y reformulación

8. Improvisación

9. Selección

10. Pruebe algo nuevo

Fuente: Game storming. 83 Juegos para innovadores, inconformistas y generadores del cambio. Dave GraY, Sunni Brown y James Macanufo. Editorial Deusto


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martes, 7 de mayo de 2013

Programa Accedemos de Fundación Mapfre dará 600 ayudas de 500 euros al mes por contratar jóvenes



La Fundación Mapfre ha puesto en marcha el programa "Accedemos", por el que concederá 600 ayudas de 500 euros al mes a empresas, principalmente de pequeño tamaño, que contraten a jóvenes de entre 18 y 30 años.

Las ayudas están destinadas a compañías que contraten antes del 1 de septiembre y por un periodo mínimo de seis meses a desempleados que hayan cursado, especialmente, estudios de formación profesional.

En un comunicado, la Fundación Mapfre concreta que las ayudas son de 3.000 euros -500 euros al mes- y pueden prorrogarse otros seis meses si la empresa se compromete a la contratación del trabajador de forma indefinida.

Las compañías deberán acreditar estar al corriente de pago con la Seguridad Social y las Administraciones Públicas y no haber despedido a ningún trabajador desde el 1 de abril de 2013, así como comprometerse a formar y orientar a los jóvenes.

El plazo de inscripción para las empresas se ha abierto hoy y se cerrará en junio, cuando comenzará la fase de presentación de ofertas y candidaturas.

En el proceso de selección, además de la adecuación al puesto, se primará el compromiso social tanto de los jóvenes como de las empresas y se valorarán otros aspectos, como por ejemplo, si los padres están en paro.

La Fundación Mapfre elegirá a tres candidatos para cada puesto y finalmente la empresa escogerá al más idóneo.


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lunes, 6 de mayo de 2013

Informe sobre el anteproyecto de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil para reforzar las funciones de los Procuradores


INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL PARA REFORZAR LAS FUNCIONES DE LOS PROCURADORES
  • Se equipararán a las labores que se realizan en Europa y los procuradores podrán participar en actos de comunicación, embargos y algunos actos de ejecución de resoluciones, siempre bajo las órdenes del secretario judicial y control judicial.
  • El ciudadano podrá elegir en cada procedimiento que estos actos se realicen por los funcionarios de la Administración de Justicia o por este colectivo.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil para aproximar las funciones de los procuradores españoles a las que tienen sus homólogos en el resto de Europa. La principal novedad de la futura Ley es que permitirá al ciudadano elegir quién desea que se ocupe de practicar los actos de comunicación, los embargos y algunos actos de ejecución de la resolución que se dicte al final del proceso: el procurador, bajo las órdenes del secretario judicial y control judicial, o los funcionarios de la Administración de Justicia, como hasta ahora.

Los procuradores, ya presentes en el Derecho romano o en las Partidas de Alfonso X el Sabio como "personeros", no han perdido nunca la condición de representante procesal de parte. El Anteproyecto de Ley, que se enmarca en la reforma en profundidad de la Administración de Justicia que se está realizando, persigue desarrollar las funciones de colaboración y auxilio con la Administración de Justicia que ya realizan los procuradores para agilizar y dotar de mayor eficacia los trámites procesales.

Durante la pasada Legislatura, la Ley de Medidas de Agilización Procesal, del 10 de octubre de 2011, ya acentuaba la actuación del procurador como colaborador de la Administración de Justicia en la línea marcada por el Libro Blanco de la Justicia elaborado por el Consejo General del Poder Judicial.

La nueva norma amplía las atribuciones y obligaciones de los procuradores a todos los actos de comunicación y a determinados actos de ejecución y de cooperación y auxilio de la Administración de Justicia. Será la parte quien decida al principio del procedimiento quién quiere que se encargue de dichos actos, siempre bajo la dirección del secretario judicial y control judicial: funcionarios al servicio de la Administración de Justicia o su procurador, a su costa. Si el ciudadano no especifica nada, se entenderá que se encargarán, como hasta ahora, funcionarios de la Administración de Justicia.
Principales líneas de refuerzo

Las principales líneas de refuerzo de las funciones de los procuradores son:
  • Actos de comunicación, garantizando la eficacia de las notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos.
  • Posibilidad de realizar embargos de bienes muebles y cuentas corrientes.
  • Incremento de sus funciones en los procesos de ejecución, pues podrán realizar el requerimiento de pago en el domicilio del ejecutado o donde puedan encontrarlo.
  • Posibilidad de encargarse, a través de los Colegios de Procuradores, deldepósito y de la administración judicial de los bienes embargados (obligación que corresponde a la Administración que ostente las competencias en materia de medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia), de acuerdo con las directrices que imparta el secretario judicial.
  • Posibilidad de ser designados como entidad especializada en la subasta de los bienes embargados.

Mientras participen en el ejercicio de funciones públicas, la Ley confiere a los procuradores la condición de agentes de la autoridad, por lo que sus notificaciones producirán plenos efectos cuando el destinatario se encuentre en su domicilio y se niegue a recibir la copia de la resolución, y ya no tendrán que realizar estos actos acompañados de dos testigos.

Juicio verbal y proceso monitorio

La Ley de Enjuiciamiento Civil también se reformará para incluir ciertas demandas de los operadores jurídicos en los juicios verbales para evitar la indefensión sin demorar el proceso. Entre ellas destaca la introducción de la contestación escrita, que hasta ahora sólo estaba prevista para determinados procedimientos especiales. Del mismo modo, siempre que el tribunal lo considere pertinente, se otorga a las partes la posibilidad de renunciar a la celebración del trámite de vista, permitiendo, así, la agilización del procedimiento y que la sentencia pueda ser dictada sin más trámites tras el escrito de contestación a la demanda.

Además, en los procesos monitorios se da cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 14 de junio de 2012, en el asunto C-618 Banco Español de Crédito, en la que se declaró que la normativa española no es acorde con el derecho de la Unión Europea en materia de protección de los consumidores, al no permitir que el juez que conoce una demanda en un proceso monitorio examine de oficio el carácter abusivo de una cláusula sobre intereses de demora contenida en un contrato. La Ley permitirá ahora un trámite para examinar y controlar la existencia de esas cláusulas abusivas, previa audiencia de las partes.
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Informe sobre el marco jurídico para las Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias


INFORME SOBRE EL MARCO JURÍDICO PARA LAS CAJAS DE AHORROS Y FUNDACIONES BANCARIAS

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Economía y Competitividad sobre el Anteproyecto de Ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias, Anteproyecto que se envía ahora al Consejo de Estado para su dictamen preceptivo.

La norma da cumplimiento a los compromisos recogidos en el Memorándum de Entendimiento (MoU) acordado con la Unión Europea como parte del programa de asistencia para la recapitalización del sector financiero. Este acuerdo implica, por parte española, la aprobación de un nuevo marco jurídico para clarificar el papel del sector de cajas de ahorros como accionistas de bancos, el reforzamiento de las normas de buen gobierno corporativo y los requisitos de incompatibilidad tanto en las cajas como en los bancos controlados por ellas.

La nueva legislación sobre las cajas de ahorros tiene como objetivo avanzar en el proceso de saneamiento y recapitalización del sector financiero, como base imprescindible para la vuelta al crecimiento económico y la creación de empleo. Supone, por otro lado, avanzar en el cumplimiento por parte de España del calendario acordado con la Unión Europea dentro del MoU. A finales del pasado noviembre se sometió a información pública un texto normativo, que ahora entra en la recta final para su aprobación como Proyecto de Ley por el Gobierno previsiblemente a finales de mes y su posterior tramitación parlamentaria. Se inscribe, además, dentro del Programa Nacional de Reformas que el Gobierno aprobó la pasada semana.

Vuelta a los límites originales de las cajas

Respecto de las cajas de ahorros, el Anteproyecto de Ley supone una vuelta a los límites originales de estas instituciones en lo referido a su actividad financiera, que se centrará en el tramo minorista y ámbito territorial de actuación. Si se exceden dichos límites, las cajas han de traspasar su actividad financiera a un banco que será participado por una fundación bancaria. Los límites son los siguientes:
  • Material: vinculación explícita de la actividad financiera de las cajas con los clientes minoristas y las pequeñas y medianas empresas. Las cajas no podrán dedicarse a otras actividades financieras complejas.
  • Territorial: el ámbito de actuación de las cajas de ahorros no podrá exceder el de una Comunidad Autónoma o de diez provincias limítrofes.
  • De volumen: las cajas de ahorros no podrán tener un activo superior a los diez mil millones de euros o una cuota de depósitos por encima del 35 por 100 de los de la Comunidad Autónoma en la que operen.

Comisión de control

Se introduce, además, una nueva regulación de los órganos de gobierno de las cajas de ahorros que afecta a la asamblea general, la comisión de control y el consejo de administración. Se mantiene la comisión de control, porque las cajas carecen de accionistas, y es preciso por tanto regular un mecanismo electoral para constituir la asamblea general. La comisión de control velará por el buen funcionamiento de ese procedimiento electoral y por la obra social de la caja, entre otras funciones relativas al funcionamiento del consejo de administración. Se suprime la figura del director general.

Asamblea general y consejeros

Se establece un sistema electoral por virtud del cual se pretenden conseguir dos objetivos fundamentales: evitar el control político de las cajas y atribuir dicho control a los principales interesados, los impositores o depositantes.
  • La asamblea general incluirá la representación de los depositantes, la voluntad fundacional de la caja y los destinatarios de la obra social.
  • El número de consejeros generales estará comprendido entre 30 y 150. El mandato será de entre cuatro y seis años.
  • Se atribuye una representatividad a los impositores de entre el 50 por 100 y el 60 por 100 de los consejeros generales. Las Administraciones Públicas, en ningún caso, podrán designar más del 25 por 100 de los consejeros generales.
  • Habrá un turno de grandes impositores, de no menos del 50 por 100, para garantizar que éstos queden adecuadamente representados en la asamblea general. El resto de consejeros generales correspondientes a este turno se elegirá por el sistema de compromisarios, designados por sorteo de entre el resto de impositores. La renovación de los consejeros generales representantes de impositores se hará por mitades.

Profesionalización

La norma incrementa, por otra parte, la profesionalización de los órganos de gobierno de las cajas de ahorros en los siguientes aspectos:
  • Se establecen medidas para lograr que los miembros de los órganos de gobierno de las cajas desempeñen sus funciones en exclusivo interés de las mismas y de acuerdo con criterios de eficiencia y buena gestión financiera. Se fortalece la incompatibilidad de formar parte de los órganos de gobierno con la asunción de cargos ejecutivos en partidos políticos, organizaciones empresariales y sindicales.
  • Ya no se exige que los miembros del consejo de administración reflejen las proporciones de cuotas representativas existentes en la asamblea general. Por el contrario, se requiere que, al menos, la mitad de los miembros del consejo sean independientes. No podrán tener tal consideración los que sean consejeros generales.
  • Se exige que todos los miembros del consejo de administración cuenten con los conocimientos y experiencia adecuados para el desempeño de sus funciones, en los mismos términos que se prevé para los miembros de los consejos en los bancos. Se les exigirá que cuenten con los requisitos de honorabilidad, experiencia y buen gobierno exigidos por la legislación.
  • Se requiere además, proporcionalidad en función de la dimensión económica de cada caja para fijar el número total de miembros de la asamblea y del consejo de administración.
  • Se exige que más de la mitad de los miembros del consejo de administración y de la comisión de control sean vocales independientes. También deberá tener esta condición el presidente de la comisión de control.

FUNDACIONES BANCARIAS

En cuanto a las fundaciones bancarias, el Anteproyecto de Ley define su régimen jurídico. Herederas de las fundaciones de interés especial previstas en el Real Decreto Ley de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros, de 9 de julio de 2010, son aquellas fundaciones que tienen una participación superior al 10 por 100 en una entidad de crédito.

El MoU aprobado por España exigía que se fuera produciendo una desinversión paulatina de las antiguas cajas de ahorros en las entidades bancarias hasta que su participación alcanzase niveles de no control. Para alcanzar este objetivo, el Anteproyecto de Ley prevé dos medidas que operan de manera consecutiva:
  • En primer lugar, el Anteproyecto de Ley obliga a que las cajas que actualmente desarrollan sus actuaciones en régimen de ejercicio indirecto, así como las cajas que tengan un volumen superior a los límites previstos en la norma (es decir, cuando mantenga una participación en una entidad de crédito que alcance, de forma directa o indirecta, al menos, un 10 por 100 del capital o de los derechos de voto de la entidad, o que le permita nombrar o destituir algún miembro de su órgano de administración), se transformen en fundaciones bancarias.
  • Una vez transformadas en fundaciones bancarias, se ha diseñado un régimen jurídico para estas nuevas entidades que refuerza el control financiero en función del grado de control efectivo que ejerzan en la entidad bancaria participada.

Obligaciones de las fundaciones bancarias

El Anteproyecto de Ley distingue:
  • Obligaciones generales para todas las fundaciones bancarias (aquellas que tienen una participación en la entidad de crédito de, al menos, un 10 por 100, con independencia de que fueran o no cajas anteriormente).
  • Obligaciones para las fundaciones bancarias con una participación en la entidad de crédito de, al menos, un 30 por 100.
  • Obligaciones para las fundaciones bancarias con una participación en la entidad de crédito de, al menos, un 50 por 100 o con participación de control.

Todas las fundaciones bancarias, sin excepción, están sometidas a rigurosos requisitos de gobierno corporativo. En particular, se impide que los miembros del patronato de las fundaciones bancarias lo sean a su vez del consejo de administración de la entidad de crédito. Además, estarán sujetas a un régimen de control que será llevado a cabo por el Banco de España en el marco de sus funciones de supervisión financiera y por el protectorado en materia de gobierno corporativo. El protectorado corresponderá al Ministerio de Economía y Competitividad cuando la fundación bancaria tenga un ámbito de actuación principal superior al de la Comunidad Autónoma.

Además, las fundaciones bancarias con una participación superior al 30 por 100 en una entidad de crédito deben presentar al Banco de España para su aprobación un protocolo de gestión de su participación en el banco. El Banco de España regulará los criterios de gestión de la participación de la fundación en el banco, las relaciones entre ambos, las normas sobre operaciones vinculadas y el plan financiero para cubrir necesidades de capital del banco.

Adicionalmente, las fundaciones bancarias con una participación superior al 50 por 100 o que ostenten posiciones de control en una entidad de crédito estarán obligadas a presentar en su plan financiero una estrategia de diversificación de inversiones y gestión de riesgos que evite la concentración en activos emitidos por una misma contraparte. Además, tendrá que contar con un Fondo de Reserva para hacer frente a posibles necesidades de recursos propios de la entidad de crédito participada.

Las fundaciones bancarias no podrán participar en procesos de ampliación de capital de la entidad de crédito participada a los efectos de alcanzar o mantener posiciones de control. Sólo podrán aprobar reparto de dividendos con un quórum y mayoría reforzados (presencia del 50 por 100 del capital en primera convocatoria y 25 por 100 en segunda convocatoria más aprobación de tres cuartos del capital presente en la Junta).

Respeto a la competencia de las Comunidades Autónomas

En conjunto, la regulación relativa a las cajas de ahorros y fundaciones bancarias ha de respetar la competencia de las Comunidades Autónomas, correspondiendo al Estado dictar la legislación básica. No se altera al respecto el régimen de distribución de competencias establecido.

En el caso de las fundaciones bancarias, así como en el de las ordinarias, la dependencia estatal o autonómica dependerá de si su actividad principal se desarrolla en una sola Comunidad Autónoma (en cuyo caso el protectorado se ejercerá por dicha Comunidad, o si se desarrolla en más de una Comunidad Autónoma (en cuyo caso el protectorado se ejercerá por el Estado, a través del Ministerio de Economía y Competitividad.


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Laboralnews en abril de 2013


Las visitas generales en febrero han ascendido a 141.893.

Se han publicado o republicado 38 entradas. Siento mucho no poder mantener el nivel de actividad que se logró en el 2012 pero seguiremos informando y ofreciendo contenidos de utilidad para la búsqueda de empleo.

En visitas globales ya hemos superado las 1.800.000 visitas.

Las entradas más vistas en el mes de enero de 2013 han sido:

Cuentas de Twitter que te ayudarán a buscar empleo
Selección de abril de frases célebres y de actualidad


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sábado, 27 de abril de 2013

Programa nacional de reformas



PROGRAMA NACIONAL DE REFORMAS

El Programa Nacional de Reformas 2013 se integra plenamente en la estrategia económica del Gobierno y supone un nuevo impulso a la agenda reformadora del último año. Se trata de un programa ambicioso que incorpora medidas dirigidas a que la economía española gane en eficiencia, flexibilidad y capacidad de competir, junto a otras, de segunda generación, dirigidas a optimizar al máximo todos los instrumentos existentes a nivel nacional para superar las dificultades de financiación en un entorno de mercados financieros fragmentados en la Unión Monetaria.

En el Programa Nacional de Reformas se explica la agenda reformista del Gobierno para aumentar la competitividad y, sobre todo, la flexibilidad de la economía española: por una parte, se repasan las reformas estructurales que se han adoptado durante el último ejercicio y, por otra, se explican las que se van a poner en marcha en los próximos meses.

De todas las medidas incluidas en el Programa, deben resaltarse siete reformas por el impacto que van a tener en la economía española y que se resumen a continuación:

1. Saneamiento de las cuentas públicas: medidas de consolidación fiscal y Seguridad Social.

En el ámbito de la consolidación fiscal se pueden diferenciar varios tipos de iniciativas:
  • Mejora del marco de gobernanza económica, mejorando la disciplina presupuestaria de todas las Administraciones Públicas con la aprobación de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.Además, se presta una especial atención a la creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal que velará por el cumplimiento de la estabilidad presupuestaria en todos los niveles de la Administración. La Ley Orgánica de creación de esta autoridad está en trámite de consultas y se espera que se remita a las Cortes Generales en junio, con el objeto de que pueda estar constituida antes de elaborarse los Presupuestos Generales del Estado de 2014.
  • Medidas de subidas de ingresos y ajustes de gastos para cumplir con los objetivos de estabilidad presupuestaria en el periodo 2013-2016, medidas que se desarrollan con detalle en la estrategia de consolidación fiscal del Programa de Estabilidad.
  • En materia de Seguridad Social se han iniciado ya las actuaciones para la regulación normativa del factor de sostenibilidad, con el objetivo de revisar los parámetros fundamentales del sistema de Seguridad Social, en función de la evolución de la esperanza de vida y otros factores demográficos y económicos. Se ha designado un comité de expertos encargado de realizar un informe sobre el factor de sostenibilidad, que será remitido al Parlamento antes del 31 de mayo, a efectos de que la Comisión del Pacto de Toledo pueda, entre junio y julio, elaborar las recomendaciones que deriven en la normativa reguladora del factor de sostenibilidad que se aprobará a lo largo de 2013.

2. Seguimiento de la reforma del mercado laboral.

Durante 2013 se continuará con el seguimiento de la reforma laboral aprobada el año pasado a través de los grupos y comisiones creados y se ofrecerá un primer Informe de Valoración de sus efectos. Este informe será contrastado por un organismo independiente antes de julio de 2013, como, por ejemplo, la OCDE.

3. Ley de Desindexación de la Economía Española

Esta norma introducirá un nuevo índice de referencia que sustituya al Índice de Precios al Consumo (IPC) en las actualizaciones periódicas, entre otras, de ingresos y gastos, precios, tarifas, tasas y rentas de las Administraciones Públicas. El nuevo índice será más exigente que el IPC y en su formulación tendrá en cuenta el nivel inflación del 2 por 100 considerado por el Banco Central Europeo como estabilidad de precios.

El principal objetivo de esta norma es prevenir determinados "efectos de segunda ronda" en el proceso de formación de precios. De esta forma, se limita la influencia sobre la economía española de importantes perturbaciones de precios de origen exógeno y se consigue que la inflación esté más cercana a los fundamentos de la propia economía.

Está previsto que el Anteproyecto de Ley se presente al Consejo de Ministros a finales de mayo de este año, de manera que pueda entrar en vigor en enero de 2014, momento en el que se actualizan la mayor parte de los precios.

4. Ley de Garantía de la Unidad de Mercado y Plan de Racionalización Normativa

El Programa Nacional de Reformas incluye el compromiso de aprobar con la máxima celeridad el Anteproyecto de Ley de Garantía de la Unidad de Mercado. A través de esta Ley se establece un marco riguroso para una buena regulación, basado en los principios de necesidad y proporcionalidad, a observar por todas las administraciones en la regulación de las actividades económicas. La Ley consta de cuatro bloques básicos:
  • Principios de garantía de la libertad de establecimiento y la libertad de circulación, que deben respetar todas las disposiciones y actos de las Administraciones Públicas.
  • Cooperación institucional para eliminar trabas, asegurar que no se establezcan nuevos obstáculos y para una adecuada supervisión.
  • Nuevo modelo de regulación basado en los principios de garantía del libre establecimiento y circulación.
  • Mecanismos ágiles de resolución de los problemas de los operadores con la Administración a través de dos vías fundamentales, en las que se prevé la intervención de la nueva Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para asegurar un enfoque de eficiencia económica.

Para la adaptación de la normativa vigente a la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, por parte de todas las Administraciones Públicas, ya ha comenzado a aplicarse el Plan de Racionalización Normativa, que ya está en marcha.

5. Ley de Apoyo al Emprendedor y su internacionalización

Con el objetivo de alcanzar un entorno empresarial más favorable, fomentando y facilitando la creación de empresas, que los proyectos viables puedan desarrollarse plenamente e internacionalizarse, en 2013 se aprobará la Ley de Apoyo al Emprendedor y su internacionalización, con las siguientes medidas:
  • Medidas destinadas a impulsar la iniciativa emprendedora, que incluyen formación en materia de emprendimiento, creación de la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada y de la figura de la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, constitución de sociedades de responsabilidad limitada en veinticuatro horas y creación de los Puntos de Atención al Emprendedor, y facilitación del acceso a la segunda oportunidad, a través de un mecanismo extrajudicial de pagos.
  • Medidas fiscales de apoyo al emprendedor. En particular, se establecerán el IVA por criterio de caja, la deducción por reinversión de beneficios, la deducción por I+D e incentivos fiscales a los inversores informales en emprendimiento.
  • Medidas para impulsar la financiación de los emprendedores. Se trata, concretamente, de las siguientes: eliminación de cargas para incentivar la emisión de valores en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF), flexibilización de la regulación de los acuerdos de refinanciación e impulso de nuevos instrumentos para la financiación de los proyectos de internacionalización.
  • Medidas para fomentar el crecimiento empresarial: se ampliará la lista de actividades exentas de licencia municipal y se eliminarán obstáculos al acceso de los emprendedores a la contratación pública.
  • Medidas para impulsar la internacionalización de la economía española: Se prevé un nuevo régimen de visados y autorizaciones de residencia para impulsar la atracción de talento e inversión, y se articulará, con una periodicidad definida, una estrategia española de internacionalización.

6. Modernizar y racionalizar la Administración Pública: Ley para la racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

El Anteproyecto de Ley para la racionalización y sostenibilidad de la Administración Local se remitirá en julio a las Cortes Generales. La Ley persigue cuatro objetivos principales: clarificar competencias municipales para evitar duplicidades, racionalizar la estructura organizativa, garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso y favorecer una regulación favorable a la iniciativa económica privada. Para ello, la norma incide en la estructura de la Administración Local buscando el equilibrio financiero, la eficiencia en el ejercicio de sus actividades y una mayor profesionalización en toda la función local, tanto la desempeñada a nivel político como a nivel administrativo.

Paralelamente al proceso de clarificación de competencias de la Administración Local, se iniciará un proceso similar con las competencias autonómicas, a través de la revisión de las actividades financiadas mediante convenio.

7. Ley de Colegios y Servicios Profesionales

En el primer semestre de 2013 se aprobará el Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales, que elimina obstáculos al acceso y ejercicio de la actividad en un número elevado de actividades profesionales. El Anteproyecto de Ley establece un marco general regulador del acceso y ejercicio de las actividades profesionales.

Por un lado, se establecen las condiciones comunes u horizontales a respetar por toda la regulación que incida en el acceso o ejercicio de las distintas profesiones. Por otro lado, las restricciones basadas en una cualificación profesional para el acceso a una actividad sólo podrán exigirse por ley, siempre y cuando sea necesario por motivos de interés general, lo que limitará las reservas de actividad. La Ley incorpora la normativa sobre Colegios Profesionales, que se modifica para reforzar el modelo de coexistencia de colegios de pertenencia obligatoria y voluntaria, y clarificar sus normas de funcionamiento, adaptándolas a la realidad actual.

Lógicamente y siguiendo los principios de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, el acceso a una actividad profesional habilitará para su ejercicio en todo el territorio español, sin que puedan exigirse requisitos adicionales de cualificación a los del territorio donde se hubiera accedido a la profesión. La Administración deberá elaborar y mantener accesible telemáticamente una lista con todas las profesiones reguladas en el país, los requisitos de acceso, el coste de colegiación en su caso, etcétera.

8. Reforma del Gobierno Corporativo

El objetivo es reformar y ampliar el actual marco del Buen Gobierno Corporativo en España con la finalidad de mejorar la eficacia y responsabilidad en la gestión de las sociedades españolas y, al tiempo, situar los estándares nacionales al más alto nivel de cumplimiento comparado de los criterios y principios internacionales de Bueno Gobierno. Para ello, se impulsará la elaboración de un estudio-análisis sobre los mejores estándares internacionales de Gobierno Corporativo y las áreas en las que España puede mejorar su marco actual, de modo que, en el plazo de un año, se implementen las reformas que correspondan.

En particular, se potenciará el papel de las juntas de accionistas en el seguimiento de los esquemas retributivos de los órganos de gestión y alta dirección de la sociedad; se perfeccionarán y ampliarán las recomendaciones del Código Unificado de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas; se analizará la posibilidad de elaborar un Código de Buenas prácticas para las sociedades no cotizadas españolas y se introducirán nuevas mejoras en el gobierno de las entidades de crédito en línea con los desarrollos legales de la Unión Europea.

En el ámbito financiero ya se han dado pasos en esta línea. Así el control y supervisión continuos del Banco de España se extiende también a los miembros de los órganos de administración y de los titulares de funciones clave de las entidades de crédito y otras entidades financieras, velando porque éstas controlen y cumplan los requisitos de honorabilidad, experiencia y buen gobierno marcados por la Autoridad Bancaria Europea (CSR 4.4.6).

Además, durante 2013 se aprobará una reforma del marco legislativo de las Cajas de Ahorro con la que se clarificará su papel en el control de las entidades de crédito en su condición de accionistas (CSR 4.4.8).

Cumplimiento de los compromisos de España y continuación del proceso de reformas

Este Programa da cumplimiento a los compromisos de España en el marco del Semestre Europeo. Las actuaciones aquí incluidas se corresponden con las áreas prioritarias identificadas en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013 (AGS) del pasado mes de noviembre: consolidación fiscal; restablecimiento de la financiación a la economía; reformas estructurales; afrontar el desempleo y las consecuencias sociales de la crisis, y modernización de la administración pública.

El Programa que hoy se presenta es continuación del proceso de reformas iniciado en 2012, cuyos resultados ya se han dejado ver en la competitividad exterior de la economía española, con una capacidad de financiación de casi un 4 por 100 del PIB en el último trimestre del año y una mejora de 3,4 por 100 de los costes laborales unitarios. También son notables los esfuerzos en la reducción del déficit público estructural primario, por encima del 3 por 100 según estima el Fondo Monetario Internacional, si bien todavía es amplio el esfuerzo en este ámbito que es necesario realizar. Por último, la competitividad ganada ha permitido que los agentes privados cuenten ahora con capacidad de financiación y ya está logrando una reducción de sus stocks de deuda externa. En particular, el conjunto de los hogares y las empresas no financieras han reducido su endeudamiento exterior en 2,8 puntos del PIB, hasta situarlo en el 37 por 100.

(Programa Nacional de Reformas)

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Laboralnews de abril de 2013

  • El secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, ha pedido hoy al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que movilice "todos los recursos del país para luchar contra el paro, pero también para proteger a las personas porque millones de ciudadanos carecen de cualquier tipo de ingreso". 
  • El paro subió en 237.400 personas en el primer trimestre respecto al trimestre anterior, un 4% más, situándose el número total de desempleados en 6.202.700 personas, cifra record hasta ahora para la economía española. A pesar de ello Montoro hablaba hace unos días del preludio de la recuperación.
  • El ahorro de las familias ha descendido en más de 6.600 millones de euros en el último año.
  • Aunque se ha reducido frente al 2011, las empresas españolas deben a la Seguridad Social 1.569 millones de euros. 
  • Los recortes en I+D en Europa superan los 10.000 millones de Euros. En Europa se invierte un 1,9% del PIB y en España un 1,3% frente al 3,4% de Corea del Sur, el 3,3% de Japón o el 2,8% de Estados Unidos. Mal vamos.
  • Según un informe del Institute for Management Development (IMD) España se sitúa a la cabeza de los países desarrollados con mayor economía sumergida. Por otro lado Chile aparece como el país más honrado junto son Suiza, Noruega, Estados Unidos o Japón.
  • La tasa de paro en España escalará al 26,8% de la población activa este año, según las previsiones de primavera que acaba de publicar el Instituto de la Economía Mundial, en las que prevé que la tasa de paro en la UE se situará en el 11,1%, frente a una media del 10,5% en 2012.
  • La Encuesta Trimestral de Coste Laboral elaborada por el INE sitúa el descenso de los costes salariales por trabajador en un 3,6 % a fines de 2012, lo que equivale aun sueldo de 1.946 euros de media. El principal motivo de esta caída es la supresión de la paga extraordinaria de Navidad para los empleados públicos, un duro golpe para cerrar un año más de crisis.
  • El Gobierno británico aprobó hoy 15 de abril de 2013 un aumento del salario mínimo del 1,9 % hasta fijarlo en 6,31 libras (7,3 euros) la hora, que se estima beneficiará a unos 1,7 millones de trabajadores en el Reino Unido. El incremento, correspondiente a empleados mayores de 21 años, entrará en vigor a partir del próximo octubre y responde a las recomendaciones que el Gobierno ha recibido de un grupo de expertos del Ministerio británico de Empresa.
  • Iberia recortará un 4% adicional de sueldo al personal de tierra tras fracasar la reunión para pactar las medidas de mejora de la productividad previstas en la mediación sellada el pasado 13 de marzo, según fuentes sindicales.
  • Pescanova ha presentado concurso voluntario de acreedores este lunes día 15 de abril de 2013 en el Juzgado Mercantil de Pontevedra. Futuro incierto para histórica pesquera gallega. Hoy también ha presentado concurso en el Juzgado Mercantil de A Coruña, la empresa textil Caramelo en la que tiene una posición mayoritaria del 90% Manuel Jove.
  • Recursos Humanos Digital Fnac, distribuidora en Europa de productos culturales, ocio y tecnlogía, ha nombrado a Marcos Ruao como nuevo director general de Fnac España.
  • Telefónica móviles ha pactado con los sindicatos una garantía de mantenimiento de empleo durante el 2013 y 2014 y la subida de sueldo de un 1% en estos dos años pero a cambio de suspender la aportación al plan de pensiones.
  • Con el Plan de Vivienda presentado el pasado viernes 5 de abril tras el Consejo de Ministros se pretende crear unos 32.000 puestos de trabajo directos y unos 73.000 indirectos. Este Plan fomentará fundamentalmente el alquiler y las reformas de viviendas. Para más información: http://laboralnews.blogspot.com.es/2013/04/puesta-en-marcha-de-un-nuevo-modelo-de.html
  • Los pilotos de Iberia, representados por el sindicato Sepla, han rechazado con un 93 % de los votos el acuerdo de mediación propuesto por el catedrático Gregorio Tudela y firmado por los sindicatos mayoritarios de los trabajadores de tierra y tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) y la dirección el pasado 13 de marzo. el 68% de los 4.141 empleados afectados por el ajuste de plantilla dejará Iberia este año.
  • El número de ocupados en Chile ha crecido un 1,3% en los últimos doce meses.
  • El paro registrado descendió en marzo, aunque sigue por encima de la barrera de los cinco millones, que superó en febrero por primea vez. Según los datos publicados hoy por el Ministerio de Empleo, el mes se cerró con una bajada en el número de desempleados de 4.979 personas, hasta un total de 5.035.243 parados. Se trata de la primera caída en este mes desde 2008, pero se ha producido gracias a las contrataciones de la Semana Santa.
  • Lo más probable es que el Gobierno modifique sus previsiones de crecimiento pasando de un -0,5% de retroceso del PIB a un -1%. 
  • La patronal recomienda negociar en los convenios colectivos incrementos salariales que no superen el 0,6% aunque estiman que en muchas situaciones o sectores sería recomendable la congelación salarial o, incluso, bajar salarios. 
  • En una sentencia de 21 de diciembre de 2012, el Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse sobre las jubilaciones forzosas obligatorias a partir de los 65 años en una sentencia en la que resuelve de forma distinta y más flexible a un fallo dictado tan sólo un mes antes. En el nuevo pronunciamiento se determina que basta que en el convenio colectivo aplicable a una empresa se especifique que las jubilaciones forzosas se cubrirán con nuevos trabajadores para que los despidos llevados a cabo de ese modo se consideren procedentes, sin que se incumplan las exigencias que marca el Estatuto de los Trabajadores para utilizar la herramienta de las jubilaciones forzosas. 

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Programa nacional de reformas y actualización del programa de estabilidad


PROGRAMA NACIONAL DE REFORMAS Y ACTUALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTABILIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a la Unión Europea y a la Comisión Europea del Programa Nacional de Reformas 2013 y de la actualización del Programa de Estabilidad de España 2013-2016. Ambos documentos recogen la estrategia de política económica para los próximos años. En ellos se hace un diagnóstico de la situación que atraviesa la economía española, se establece un escenario realista para los próximos años y se fijan las medidas a adoptar. El objetivo es perseverar en la corrección de los desequilibrios y sentar las bases de la recuperación y la creación de empleo, que llegarán en 2014

PROGRAMA DE ESTABILIDAD

  • La economía española reduce desequilibrios y sienta las bases de la recuperación y la creación de empleo

Las previsiones presentadas hoy sitúan para el año que viene la salida de la recesión, con un crecimiento económico del 0,5 por 100, frente a una caída del 1,3 por 100 este año. La revisión a la baja del crecimiento en 2013 se inscribe dentro de las actualizaciones periódicas habituales. Responde, sobre todo, a un peor contexto internacional y está en línea con las revisiones de organismos como el FMI o la Comisión Europea. Este escenario es compatible con un perfil de suave desaceleración en las tasas intertrimestrales negativas en lo que queda de año y el inicio del relanzamiento de la actividad a principios de 2014.

La recuperación económica prevista se sustenta en el sector exterior, ya que la demanda interna tardará en realizar una aportación positiva al crecimiento. Mientras el consumo privado se estabiliza en 2014 y empieza a registrar tasas positivas en los dos años posteriores, el sector de Administraciones registra variaciones a la baja como consecuencia de la necesaria consolidación fiscal. La inversión (formación bruta de capital fijo) despega en 2015 y crece con fuerza (4,3 por 100) un año después. En conjunto, la demanda nacional comienza a registrar una aportación positiva al crecimiento en 2016.

Aportación positiva de la demanda externa

La demanda externa, por el contrario, mantiene una aportación positiva al crecimiento. Este año aportará 2,4 puntos al PIB en una senda descendente hasta 2016, sobre la base de que la demanda interna tomará progresivamente el relevo. El objetivo es conseguir un patrón de crecimiento más equilibrado. Durante estos años se mantendrá la pujanza de las exportaciones, hasta crecer un 7,1 por 100 en 2016, lo que refleja las fuertes ganancias de competitividad de la economía española. También las importaciones evolucionan al alza, en paralelo con la recuperación de la economía.

España registrará ya este año capacidad de financiación frente al resto del mundo (1,9 puntos del PIB), lo que supone un cambio de signo respecto de la situación más reciente y alcanzar unos niveles nunca logrados en la economía española. Se trata de la corrección de un desequilibrio necesario para superar la recesión, ya que implica que España está reduciendo de forma considerable su posición deudora frente al exterior. Esta mejora se percibirá sobre todo en el sector privado y permitirá amortizar deuda y financiar gastos de consumo e inversión.

Evolución del empleo

Las previsiones sobre evolución del empleo indican que se desacelera la destrucción de puestos de trabajo, hasta alcanzar tasas positivas en 2015. Estos datos, medidos en media anual, son compatibles con un perfil de cambio de tendencia ya el año que viene, con tasas intertrimestrales positivas. La reciente reforma laboral y la mayor flexibilidad en el mercado de trabajo permitirán a la economía española continuar con las mejoras de competitividad derivadas de la moderación de costes y precios. El objetivo es que la economía española cree más empleo en relación al PIB que en años anteriores. La tasa de paro flexiona en 2014 (hasta el 26,7 por 100 de la población activa), para situarse por debajo del 25 por 100 en 2015.

(Actualización Programa Estabilidad 2013-16 -Economía-)

ESTABLECIDO UN DÉFICIT PARA EL CONJUNTO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEL 6,3 POR 100 DEL PIB PARA 2013

  • La Administración Central tendrá un déficit del 3,7 por 100, la Seguridad Social del 1,4 por 100 del PIB, mientras para las Comunidades Autónomas es el 1,2 por 100 y para las Corporaciones Locales, 'déficit cero'
  • Para 2014 el objetivo de déficit público se reduce hasta el 5,5 por 100 del PIB, mientras que corresponderá el 1 por 100 del PIB a las Comunidades Autónomas

La actualización del Programa de Estabilidad presenta un cuadro macroeconómico previsto por el Gobierno para los años 2013 a 2016, donde se fija una senda de consolidación fiscal que permitirá cerrar 2013 con un déficit del conjunto de las Administraciones Públicas del 6,3 por 100 del PIB; del 5,5 por 100 en 2014, del 4,1 por 100 en 2015 y alcanzar un déficit del 2,7 por 100 del PIB en 2016.

Para este ejercicio la Administración Central cerrará con un saldo negativo equivalente al 3,7 por 100 del PIB y la Seguridad Social lo hará con un saldo negativo equivalente al 1,4 por 100 del PIB. El conjunto de las Comunidades Autónomas se prevé que alcancen este año un déficit del 1,2 por 100 del PIB, mientras que las Corporaciones Locales registrarán hasta 2016 equilibrio presupuestario.

Según confirmó Eurostat el pasado día 22, excluida la ayuda al sector financiero, el déficit del conjunto de las Administraciones Públicas fue del 7 por 100 del PIB en 2012, porcentaje del que corresponde a la Administración Central el 4,1 por 100, a la Seguridad Social el 1 por 100, mientras que las Comunidades cerraron en el 1,8 por 100 del PIB y las Corporaciones Locales en el 0,2 por 100.

Para 2014 la nueva senda del Programa de Estabilidad establece un déficit para el conjunto de las Administraciones Públicas equivalente al 5,5 por 100 del PIB, correspondiendo a la Administración Central y Seguridad Social el 4,5% del PIB y el 1% a las Comunidades Autónomas.

Esfuerzo estructural

A lo largo de los próximos años se seguirá con un destacado esfuerzo de reducción del déficit estructural que para este año se estima en 1,9 puntos de PIB, mientras que en 2014 la reducción del déficit estructural alcanzará los 0,7 puntos y el 0,8 por 100 en 2015 y 2016.

Para garantizar la senda de consolidación fiscal se mantendrán en 2014 las medidas adoptadas con carácter temporal para 2012 y 2013 en el Impuesto sobre Sociedades, IRPF e IBI que han supuesto una mayor contribución al esfuerzo conjunto por parte de grandes empresas y mayores perceptores de renta.

Sistema tributario

En el Impuesto sobre Sociedades se harán nuevos ajustes que contribuyan al ensanchamiento de las bases imponibles y la tributación efectiva de este impuesto, y a no incentivar el apalancamiento financiero de las empresas.

Hacienda continuará con la reestructuración del sistema tributario de forma que se dé más peso específico a los impuestos indirectos sobre los directos, manteniendo el principio de solidaridad en la carga tributaria. En el IVA sólo se aplicarán modificaciones por obligación legal, que afectarán a determinados productos sanitarios y servicios realizados por los notarios, modificaciones procedentes de la legislación comunitaria y de las sentencias el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Por recomendaciones de la Unión Europea se establecerán nuevos tributos medioambientales y se modificarán los impuestos especiales para introducir consideraciones medioambientales. No se subirá el impuesto especial sobre hidrocarburos.

Medidas de estímulo económico

La política tributaria incluirá un nuevo apartado de medidas de estímulo para la vuelta al crecimiento económico. Se incidirá especialmente en bajada de impuestos selectivos de apoyo al emprendedor y los autónomos. En este sentido, se fijará una nueva deducción del 20 por 100 en la cuota estatal del IRPF de la aportación que realice un particular a una empresa de nueva o reciente creación, con un límite de 20.000 euros. Este inversor particular ("business angel") tendrá derecho a una exención del 100 por 100 por las ganancias obtenidas al vender su participación si, a su vez, reinvierte lo ganado en otra empresa de reciente creación.

Por otro lado, Hacienda fijará una deducción de hasta el 10 por 100 de los beneficios empresariales que se reinviertan, en el caso de empresas con un volumen de negocio inferior a diez millones de euros. De igual forma, y como medida de estímulo al crecimiento, se permitirá recuperar deducciones por I+D que no hayan podido aplicarse en ejercicios anteriores mediante un novedoso sistema de devolución.

Además, está prevista la aplicación del llamado IVA de caja para pymes y autónomos. Se trata de un régimen especial nuevo y optativo, que permitirá evitar ingresar el IVA hasta que se cobre la factura. Se aplicará a partir del 1 de enero de 2014 para pymes y autónomos con un volumen de negocio inferior a dos millones de euros. Este instrumento permitirá dotar de liquidez a un colectivo muy necesitado, en tiempos de restricción crediticia.

En cuanto al nuevo impuesto a la banca sobre pasivos, se establecerá un tipo de gravamen del 0,2 por 1000, que generará una recaudación muy moderada para compensar a las Comunidades Autónomas (Extremadura, Andalucía y Canarias) que tenían impuesto propio. No se trata, en cualquier caso, de un gravamen al ahorrador, ya que lo pagarán las entidades financieras.

(Actualización Programa Estabilidad 2013-16 -Hacienda-)

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miércoles, 24 de abril de 2013

Los 10 mejores trabajos



El portal Careercast hace un ranking con los 200 mejores trabajos


1Actuary
2Biomedical Engineer
3Software Engineer
4Audiologist
5Financial Planner
6Dental Hygienist
7Occupational Therapist
8Optometrist
9Physical Therapist
10Computer Systems Analyst


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lunes, 22 de abril de 2013

Dispeople. Red social para trabajadores con discapacidad

Próximamente se lanzará Dispeople, red social para trabajadores con discapacidad.

Os adjuntamos el vídeo de presentación para que tengáis más información.

Ya te puedes registrar para que te avisen en cuanto comience su actividad.




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domingo, 21 de abril de 2013

Informe sobre la reforma de la Ley de Consumidores y Usuarios


INFORME SOBRE LA REFORMA DE LA LEY DE CONSUMIDORES Y USUARIOS PARA MEJORAR LA PROTECCIÓN EN TODAS LAS TRANSACCIONES A DISTANCIA
  • El Anteproyecto incorpora la Directiva Europea de Derechos de los Consumidores, refuerza la seguridad jurídica de los consumidores y empresarios en operaciones de comercio electrónico,
  • Amplía el plazo legal para que el consumidor pueda desistir del contrato a un mínimo de catorce días naturales. En caso de no haber recibido la información precisa, se amplía hasta doce meses.
  • El consumidor siempre tendrá que aceptar el precio final antes de que concluya la transacción, lo que evitará las "cargas encubiertas".
  • En los contratos telefónicos el consumidor y usuario sólo quedará vinculado una vez haya firmado la oferta o enviado su acuerdo por escrito en papel, por fax, correo electrónico o SMS.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Se trata de la Ley con la que se adaptará a la legislación española una Directiva comunitaria sobre los derechos de los consumidores.

Su objetivo principal es reforzar la seguridad jurídica, tanto de los consumidores, como del empresario que formalizan transacciones a distancia. El Anteproyecto introduce medidas encaminadas a reducir la desigualdad de posiciones entre ambas partes, evitando situaciones de desprotección de los consumidores.

Los principales ejes en los que se articulan las novedades de la futura Ley son los siguientes:
  1. Información. Se amplía la información precontractual que, por ley, habrá que facilitar a los consumidores y usuarios, en general y, en particular, cuando formalicen contratos a distancia. Tendrá que ser clara y comprensible.
  2. Derecho de desistimiento. Se introducen nuevas garantías en cuanto a la posibilidad de renunciar o desistir del contrato. Asimismo, se amplía el plazo en el que se puede ejercer: de los 7 días hábiles actuales a 14 días naturales. En el caso de que no se hubiera informado al consumidor de que puede ejercer este derecho, el plazo queda automáticamente ampliado a 12 meses. La nueva norma, además, incorporará un formulario de desistimiento común en Europa, que facilita el ejercicio de este derecho y que se tendrá que facilitar junto con la información previa al contrato.
  3. Nuevos derechos. El Anteproyecto dota a los consumidores de nuevos derechos, referidos a la forma y los plazos de entrega y el riesgo de pérdida o deterioro del bien adquirido, entre otros.

Se trata de una regulación necesaria, si se tiene en cuenta el importante crecimiento del comercio electrónico y las transacciones a distancia en los últimos años en España.

Cargas encubiertas

Entre las novedades del Anteproyecto figuran medidas para evitar las denominadas "cargas encubiertas". Así, el empresario tendrá que velar porque el consumidor, al realizar un pedido a través de Internet, confirme que es consciente de que éste implica una obligación de pago. De este modo, el usuario siempre tendrá que aceptar el precio final antes de que concluya la transacción.

Si el empresario no obtiene el consentimiento expreso del consumidor para un pago adicional al acordado y, en su lugar, lo deduce utilizando opciones por defecto, el usuario tendrá derecho al reembolso del pago.

En cuanto a los cargos adicionales que pueden derivarse de los contratos formalizados a distancia, el Anteproyecto establece nuevas reglas. Por ejemplo, en el caso de que el empresario decida habilitar una línea telefónica para comunicarse con sus clientes en relación con el contrato, el uso de esta línea no podrá suponer un coste superior al de la tarifa básica.

Además, los empresarios no podrán facturar al consumidor cargos por el uso de determinados medios de pago que superen el coste al que tienen que hacer frente ellos por el uso de los mismos.

Contratos telefónicos

Por otra parte, el Anteproyecto aborda la contratación telefónica de bienes y servicios y propone un sistema que proteja a los consumidores y usuarios, y que, al mismo tiempo, no supone cargas excesivas para los empresarios. Se trata de un modelo consensuado entre el Ministerio de Sanidad, a través del Instituto Nacional de Consumo, y el Ministerio de Industria.

En los casos en los que la empresa sea la que se ponga en contacto telefónico con un usuario para formalizar el contrato, deberá confirmar la oferta por escrito o, salvo oposición expresa del consumidor, en un soporte duradero.

La oferta no será vinculante hasta que el consumidor haya firmado la oferta o enviado su acuerdo por escrito ya sea en papel, por fax, correo electrónico o por un mensaje de SMS.

De este modo, se asegura que el consumidor es plenamente consciente de lo que está aceptando al garantizarse adecuadamente que recibe la información precontractual obligatoria, algo que no es posible si el proceso completo se lleva a cabo en una única conversación telefónica.

Con estas novedades se articula la nueva regulación de un sector en auge, regulación que supondrá un avance para salvaguardar los derechos de los consumidores y usuarios y, a la vez, resultará positivo para las empresas, pues les dota de seguridad jurídica y fomentará el consumo de bienes y servicios utilizando las nuevas tecnologías.

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