El Consejo de Ministros del 18 de noviembre ha aprobado la reforma del Real Decreto de ciudadanos de la Unión Europea.
Un Real Decreto de 2007 regulaba las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia y trabajo en España de los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de los países que forman parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como las limitaciones a estos derechos por razones de orden público, seguridad pública o salud pública. El Real Decreto hoy aprobado extiende su ámbito de aplicación a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea con nacionalidad de terceros países.
La reforma responde a la necesidad de ajustar el texto a la normativa europea, por lo que se han modificado cuatro artículos y se han añadido nuevos apartados en otros dos artículos. Así, permite que los familiares no comunitarios de ciudadanos de la Unión Europea dispongan de su tarjeta de residencia desde la fecha de entrada a España y no desde el día de la concesión de la tarjeta, como ocurría hasta ahora.
El texto también establece el mantenimiento del derecho de residencia en España para nacionales de terceros países en supuestos específicos, como para aquellos que lleven tres años casados o como pareja de hecho con un ciudadano comunitario, que dispongan de la custodia de hijos comunes o sean víctimas de violencia de género o de trata.
Además, la reforma del Real Decreto instaura mayores garantías jurídicas en los procesos de expulsión de ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares. Actualmente, residen en España 2.476.334 ciudadanos comunitarios, lo que representa el 48 por 100 de los extranjeros que viven en nuestro país.
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